Plan de formación, 1997: Difference between revisions

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PRELATURA SANCTAE CRUCIS ET OPERIS DEI
Tras la demanda de la prelatura del Opus Dei y de Scriptor S.A., alegando derechos de autor, esta obra se ha retirado en cumplimiento de [http://www.opuslibros.org/sentencia/sentencia_publicar.pdf la sentencia] de la magistrada Doña Olga Martín Alonso, del Juzgado nº 10 de lo Mercantil de Madrid.
 
'''PLAN DE FORMACIÓN''' (''RATIO INSTITUTIONIS''),    Roma, 1997
 
 
__TOC__
 
==Introducción==
 
1.    Los fieles de la Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei reciben una peculiar e intensa formación, para poder responder a su específica vocación cristiana a la propia santidad y al apostolado en medio del mundo.<ref>Cfr. Codex iuris particularis Operis Dei seu Statuta Prxlaturae Sonctae Crucis et Operis Dei (Statuta), nn. 2, 3 §1, 2°, 6 y 27 §2,1°.</ref>
 
2.    Este Plan de Formación, basado fielmente en el espíritu del Opus Dei que nos dejó el Beato Josemaría Escrivá, nuestro queridísimo Fundador, contiene el plan general de toda la formación que se ha de proporcionar en la Prelatura, elaborado con arreglo a las normas y disposiciones del derecho universal y particular, y en conformidad con el espíritu del Concilio Vaticano II.
 
3.    Los fieles del Opus Dei llamados al sacerdocio reciben la formación específica para el ejercicio del ministerio sacerdotal conforme a la Ratio Institutionis Sacerdotalis de la Prelatura.
 
==Características y modos de la formación==
 
4.     La formación de los fieles del Opus Dei, que comienza cuando dan sus primeros pasos en la Obra y dura hasta el mismo momento de la muerte, comprende los aspectos humano, profesional, espiritual, apostólico y doctrinal; aspectos que se compenetran armónicamente entre sí, como conviene a la fuerte unidad de vida característica del espíritu del Opus Dei<ref>Cfr. Statuta, nn. 3 §1,2°, 6, 21 y 110.</ref>, y que es recomendada insistentemente por la Iglesia a todos los fieles <ref>Cfr. JUAN PABLO II, Ex. Ap. Christifideles laici, 30-XII-1988, n. 59.</ref>.
 
5.      Para formar a los fieles del Opus Dei no se les saca del mundo, donde por su misma vocación cristiana deben permanecer; al contrario, su formación se coordina y adapta, en el modo y en el tiempo, a sus obligaciones seculares, es decir, a su trabajo profesional.<ref>Cfr. Statuta, n. 99 §2.</ref>
 
6.      Esta plena armonía y conexión entre la formación y la actividad profesional es una nota esencial del espíritu del Opus Dei, porque todos los fieles de la Prelatura:
#  están llamados a buscar la santidad y a ejercer el apostolado, precisamente en su propio trabajo profesional y mediante el ejercicio del trabajo profesional<ref>Cfr. Statuta, nn. 3 §1, 3° y 86.</ref>;
#    tienen el deber, como lo exige el espíritu del Opus Dei, de procurarse con el propio trabajo los medios económicos necesarios no sólo para su sustento y —cuando así lo requieran las circunstancias— el de su familia, sino también para contribuir a sostener las labores apostólicas<ref>Cfr. Statuta, nn. 22 y 94 §2.</ref>;
#      deben ejercitar plenamente el sacerdocio común de los fieles, por medio del testimonio de una vida santa y de un apostolado constante en el mundo, conforme a las exigencias de la vocación cristiana.
 
7. De esta manera, la constante formación, en sus diversos aspectos, es compatible tanto con los estudios civiles como con la tarea profesional, por el amor al trabajo y el espíritu de sacrificio que los fieles de la Prelatura deben cultivar como exigencia específica.
 
8.    Es nota esencial del espíritu del Opus Dei un gran amor a la libertad: los fieles de la Prelatura están y perseveran en el Opus Dei porque ejercen en cada momento la propia libertad — la libertad de la gloria de los hijos de Dios (Rom 8,21)—, que no admite ninguna forma de coacción; por eso han de ser conscientes tanto de que no se puede amar a Dios sin libertad, como de que el amor y la entrega constituyen la máxima manifestación del ejercicio de la libertad. <ref>Cfr. De spirítu et de piis servandis consuetudinibus (De spiritu), Roma 1990, n. 36.</ref>
 
9.    La formación que se proporciona en la Prelatura se basa en este espíritu de libertad y lo fomenta en sus fieles, para que sean personas que, fortaleciendo diariamente la propia personalidad, respondan de sus acciones y obren siempre con libertad y responsabilidad personales en las diversas situaciones del mundo y de las estructuras temporales, sirviendo a la Iglesia y a todos los hombres sin excepción. <ref>Cfr. CONC. VAT. II, Decl. Gravissimum educationis, n. 2.</ref>
 
10. Por estas razones, la participación de los fieles en el proceso de su propia formación es eminentemente activa: se incentiva su espíritu de iniciativa y su espontaneidad, a cuyo ejercicio se da un oportuno espacio, tanto en los medios didácticos como en la conversación sincera con los Directores y los Profesores.
 
==La formación humana==
 
11. §1. La formación humana lleva a los fieles de la Prelatura a adquirir, aumentar y consolidar las virtudes humanas, que son muy apreciadas en las relaciones personales y ayudan en el desarrollo del apostolado, de manera que, con el auxilio de la gracia, puedan más fácilmente santificarse y ejercer un apostolado eficaz, procurando siempre y en todo sobrenaturalizar fielmente aquellas virtudes. <ref>Cfr. Statuta, n. 90. 10. Cfr. De spiritu, nn. 32-33.</ref>
 
§2. Así pues, conscientes de que el cristiano debe poner toda su persona al servicio de Dios, siguiendo el ejemplo del mismo Cristo, verdadero Dios y verdadero hombre, se empeñarán especialmente en ejercitar la fortaleza, la laboriosidad, la magnanimidad, la paciencia, la alegría, el optimismo, la serenidad, la sencillez, la nobleza, la sinceridad, la justicia, la templanza, la lealtad, la audacia, la comprensión, etc., de modo que puedan santificar sus tareas y dar testimonio de Cristo en medio del mundo.10
 
12. Con particular cuidado se procurará que los fieles del Opus Dei cultiven, en sus relaciones sociales, una extremada afabilidad y cortesía, de forma que:
#    obren siempre de acuerdo con las exigencias del supremo mandamiento de la caridad, dominando las pasiones y ejercitando la delicadeza en el trato mutuo;
#  manifiesten con ponderación las propias opiniones y se dediquen con empeño a un serio estudio de los problemas, evitando discusiones estériles;
#  tengan constantemente en cuenta que, en las cuestiones que no pertenecen a la doctrina católica, hay plena libertad de opinión en todos los ámbitos de la actividad humana, y que han de respetar con esmero esa libertad y hacer lo que esté de su parte para que la respeten los demás;
#  actúen paciente y magnánimamente con las personas que sostienen posturas contrarias a las suyas, sin ceder ni consentir en opinión alguna que se oponga a la doctrina de la Iglesia, en materia de fe o de costumbres;
#    muestren con obras y de verdad (1 Jn 3,18) su gran aprecio a la amistad, que ha de ser reconocida y cultivada siempre y por todos como una de las máximas realidades humanas y cristianas. <ref>Cfr. Statuta, n. 90; De spiritu, nn. 34 y 49-50; Código de Derecho Canónico (CIC), c. 227; CONC. VAT. II, Const. past. Gaudium et spes, n. 43.</ref>
 
13. §1. Como parte de la formación humana, el Opus Dei exige a sus fieles una buena preparación cultural, adecuada a la condición profesional y social de cada uno. Todos deben ser conscientes no sólo de su derecho a la cultura, sino también de su obligación de adquirirla y de facilitarla a los demás <ref>Cfr. CONC. VAT. II, Const. past. Gaudium et spes, n. 60.</ref>. Este aspecto de la formación se fomenta e incrementa de modo permanente.
 
§2. Entre otras facetas de la formación cultural, todos procurarán desarrollar, según las posibilidades personales, la capacidad de expresión oral y escrita, de manera que puedan comunicar eficazmente con los demás y, sobre todo, dar a conocer a Cristo con don de lenguas a todos los hombres.
 
==La formación profesional==
 
14. §1. Como la vocación profesional es parte importante de su vocación cristiana, los fieles de la Prelatura del Opus Dei están obligados a adquirir una conveniente formación profesional. La vida en el Opus Dei se puede describir, con pocas palabras, diciendo que "cada uno debe santificar su trabajo profesional; santificarse en el perfecto cumplimiento de su trabajo profesional; y santificar a los demás por medio de su propio trabajo profesional" <ref>Statuta, n. 86 §2.</ref>.
 
§2. Los fieles del Opus Dei adquieren la formación profesional en los mismos lugares —universidades, escuelas, talleres, etc.— que los demás fieles y ciudadanos corrientes, sus iguales.
 
§3. Por lo que concierne a la labor profesional, la dirección espiritual impartida por la Prelatura se orienta a hacer amar la profesión por amor de Dios y, por tanto, a poner los medios para formarse debidamente, y a desempeñar siempre la propia tarea con sentido y modos coherentemente cristianos.
 
15.    Los fieles del Opus Dei realizan su misión de servicio a la Iglesia y a todos los hombres mediante su dedicación al trabajo, cada uno en su ambiente social, esforzándose por dar ejemplo de perfección cristiana y humana precisamente en el ejercicio de su tarea profesional. Para esto, es necesario que los fieles laicos del Opus Dei destaquen por su  prestigio profesional; y que se preocupen  constantemente de adquirir la formación científica o técnica que exige su propio trabajo. <ref>Cfr. De spiritu, nn. 55-57.</ref> Entre aquéllos que realicen estudios superiores, muchos obtendrán el Doctorado o un título superior equivalente, además del título académico civil exigido para el ejercicio de la profesión universitaria.
 
16.    Los fieles del Opus Dei se esfuerzan por realizar su trabajo con competencia profesional y por amor de Dios, porque en esa tarea "ven no sólo un insigne valor humano, totalmente necesario para promover la dignidad de la persona humana y el progreso social, sino también, y principalmente, una maravillosa ocasión y medio para la unión personal con Cristo, imitando su laboriosa vida oculta
en generoso servicio a los demás hombres, y así cooperar a la obra, llena de amor, de la Creación y Redención del mundo"<ref>Statuta, n. 86 §1.</ref>.
 
17. §1. En su actuación profesional, cada fiel de la Prelatura goza de la misma plena libertad que los demás ciudadanos católicos, dentro de los límites de la doctrina católica en materia de fe y costumbres. <ref>Cfr. Statuta, n. 88 §3; CIC, c. 227.</ref> El Opus Dei únicamente les pide que tengan sensibilidad hacia los problemas humanos y sentido sobrenatural para enjuiciarlos y resolverlos cristianamente, siempre conforme a la recta conciencia de cada uno.
 
§2. Con este fin, cada uno se esforzará por conocer a fondo los principios éticos y deontológicos que rigen el ejercicio de la propia profesión y la doctrina social de la Iglesia, que propone criterios imprescindibles para una efectiva santificación del trabajo profesional y del conjunto de las realidades temporales.
 
==La formación espiritual==
 
18.    La formación espiritual que la Prelatura proporciona a sus fieles, tiende a crear en cada uno de ellos la unidad de vida, propia de la fisonomía espiritual del Opus Dei, que se manifiesta por la perfecta unión del aspecto ascético con el apostólico, que están intrínseca y armónicamente fundidos y compenetrados con el carácter secular del Opus Dei.<ref>Cfr. Statuta, n. 79; De spiritu, n. 5.</ref>
 
19.    Puntos principales de la vida interior de los fieles del Opus Dei son: la caridad ordenada; la vida contemplativa, absolutamente necesaria para perseverar en el Opus Dei; el valor santificador del trabajo que, al ser santificado, se convierte en obra de Dios; la prontitud para comportarse generosa y afablemente con cada uno, que es gastarse en servicio a los demás; el deseo de establecer o continuar el diálogo con todos los hombres, para llevarlos al conocimiento de la verdadera doctrina de Nuestro Señor y prepararles a la gracia de la fe; el desprendimiento de los bienes temporales: estar en el mundo, sin ser mundanos.
 
20.      El fundamento sólido de la vida espiritual de los fieles del Opus Dei es el sentido, humilde y sincero, de su filiación divina en Cristo Jesús, que se traduce en un deseo ardiente, tierno y profundo a la vez, de imitar a Jesucristo como hermano primogénito y de estar siempre en la presencia de Dios; filiación que, bajo la guía del Espíritu Santo, lleva a vivir vida de fe en la Providencia, y facilita la entrega serena y alegre a la divina Voluntad.<ref>Cfr. Statuta, n. 80; De spiritu. nn. 7-8.</ref>
 
21.      Los fieles de la Prelatura alimentan su vida cristiana especialmente con los Sacramentos de la Iglesia. Integran, además, la fisonomía espiritual del Opus Dei una piedad doctrinal, fundada en el estudio de la Sagrada Teología y en el personal ejercicio de la oración, de la mortificación y de la penitencia; una tierna devoción a la Santísima Virgen María; un filial amor a la Santa Madre Iglesia; una sincera veneración, un sólido afecto y una docuidad total al Romano Pontífice y al colegio de los Obispos<ref>Cfr. De spiritu, n. 15.</ref>; una esforzada dedicación al trabajo profesional ordinario, objeto y medio de santificación; el amor a todas las realidades temporales honestas; en fin, un delicado respeto a la legítima libertad de los demás.
 
22.      La formación de los fieles del Opus Dei tiende a que el centro y raíz de su vida espiritual sea el Santo Sacrificio de la Misa, memorial de la Muerte y Resurrección del Señor, que perpetúa por los siglos el Sacrificio de la Cruz: "sacramento de piedad, signo de unidad, vínculo de caridad y banquete pascual, en el que se recibe a Cristo, el alma se llena de gracia y se nos da la prenda de la futura gloria" <ref>CONC. VAT. II, Const. Saerosanctum concilium, n. 47.</ref>. Todos, por tanto, participarán diariamente en el Santo Sacrificio de la Misa, comulgando sacramental o, al menos, espiritualmente con el Cuerpo de Cristo. Además, visitarán al Señor en el Santísimo Sacramento en otro momento del día.<ref>Cfr. Statuta, n. 81; CONC. VAT. II, Const. dogm. Lumen gentium, n. 11; Const. Saerosanctum. concilium, n. 10.</ref>
 
23.    La piedad que se fomenta en el Opus Dei debe ser siempre sencilla, sobria y firme, y a la vez doctrinal; una piedad que lleva a los fieles a venerar con alegría espiritual la Sagrada Liturgia, saboreada con delicadeza. <ref>Cfr.De spiritu,n. 9.</ref> Pondrán en práctica la devoción del Opus Dei a la Santísima Trinidad, a la Sagrada Eucaristía, a la Santa Cruz de Jesucristo. También procurarán los fieles contemplar e imitar la vida oculta de Jesucristo en Nazaret, que santificó el trabajo ordinario y las circunstancias cotidianas.
 
24.    Además de las virtudes teologales, los fieles del Opus Dei deben cultivar con especial empeño la
humildad, tanto personal como colectiva, e imbuir del espíritu de fe, esperanza y caridad el diligente ejercicio de todas las virtudes humanas <ref>Cfr. supra, n. 11.</ref>.
 
25.      Los fieles del Opus Dei reciben una formación que les ayuda y capacita para ser almas contemplativas que, mientras se dedican a los asuntos ordinarios de la vida y del trabajo diario, procuran mantener una continua unión y conversación con Dios. Para custodiar y fomentar eficazmente este objetivo, hacen todos los días por la mañana, después del ofrecimiento de sus obras a Dios, media hora de oración mental; y otra media hora por la tarde. Además, dedican diariamente algún tiempo a la lectura del Nuevo Testamento y de algún libro espiritual, como, por ejemplo, los escritos espirituales de los Santos Padres y Doctores y otras obras de este género aprobadas por la Iglesia. También recitan cada día el Santo Rosario y practican otras piadosas devociones a la Santísima Virgen María. <ref>Cfr. Statuta, nn. 82, l° y 85.</ref>
 
26.      Todos los fieles de la Prelatura han de poner, con espíritu sobrenatural, el máximo empeño en cuidar también las cosas pequeñas, precisamente porque la esencia de la vocación cristiana al Opus Dei está en santificar el trabajo ordinario y las circunstancias cotidianas. No siempre se presentan
sucesos grandes en la vida de las personas; en cambio, abundan las cosas pequeñas, en las que puede demostrarse constantemente el amor a Jesucristo. <ref>Cfr. De spiritu, n. 38.</ref>
 
27.      Los fieles de la Prelatura responderán con una lucha espiritual firme y enérgica a las exigencias de la ascética cristiana. Esta lucha se fundamenta en un fiel y constante sentido de humildad, en la sencillez que brota de una sincera naturalidad, en un modo de obrar noble y afectuoso, en una alegría siempre serena, en el trabajo, en la entrega abnegada, en la sobriedad, en un activo espíritu de sacrificio y en la práctica de la mortificación. Todo este empeño ascético es no sólo medio de purificación personal, sino también de verdadero y sólido progreso espiritual, y constituye una preparación ineludible para la realización y eficacia de cualquier apostolado en la sociedad. <ref>Cfr. Statuta, n. 83 §1; De Spiritu, n. 14.</ref>
 
28.      Los fieles del Opus Dei han de fomentar también el espíritu de penitencia y de reparación, que exige un diario examen de conciencia, la práctica semanal de la confesión sacramental, el recurso habitual a los actos de contrición, una voluntaria disposición a darse con alegría y el esfuerzo de ofrecer a Dios gustosamente las contrariedades de la jornada.<ref>Cfr. Statuta, n. 83 §2; De spiritu, n. 39.</ref>
 
29. §1. El Opus Dei proporciona a sus fieles este espíritu mediante la dirección espiritual personal y colectiva, que se adapta oportunamente a las diversas circunstancias de cada uno.
 
§2. Los principales medios de formación espiritual son la dirección espiritual periódica, los Círculos semanales de formación, el día de retiro mensual, un curso de retiro espiritual anual de varios días <ref>Cfr. Statuta, n. 82, 2° y 3°.</ref> y las Convivencias periódicas para grupos homogéneos de fieles.
 
==La formación apostólica==
 
30.  La formación apostólica está inseparablemente unida a los demás aspectos de la formación que reciben los fieles de la Prelatura. Se proporciona desde el principio y se prosigue sin interrupción, a través de los medios de formación espiritual y doctrinal, y con ocasión del ejercicio concreto del apostolado, de modo que en la vida de todos y de cada uno se lleve constantemente a la práctica el derecho y el deber cristiano de hacer apostolado. <ref>Cfr. Statuta, n. 110; CONC. VAT. II, Const. dogm. Lumen gentium, n. 33.</ref>
 
31.        Se enseña a los fieles del Opus Dei que se propongan siempre y en todas partes, como fin de su apostolado, "que personas de toda condición y estado de la sociedad civil (...) se adhieran de todo corazón a los preceptos de Cristo Nuestro Señor y los lleven a la práctica en medio del mundo, también mediante la santificación del trabajo profesional propio de cada uno, para que todas las cosas se ordenen según la Voluntad del Creador" <ref>Statuta, n. 2 §2.</ref>. Con este fin, darán constante testimonio del sentido cristiano de la vida humana y difundirán el mensaje de Cristo en los diferentes ámbitos de la sociedad. <ref>Cfr. Statuta, n. 112.</ref>
 
32.      La formación de los fieles de la Prelatura les mueve a persuadirse de que su apostolado personal procede de la propia vida interior y del amor al trabajo humano, que deben fundirse y compenetrarse en unidad de vida; y a que se esfuercen particularmente en santificar su propia tarea, y realizarla con la máxima perfección humana que les resulte posible, para ordenarla de acuerdo con la Voluntad divina y para dirigirla a la salvación de las almas, en primer lugar de sus compañeros de profesión. Por eso, su actividad apostólica no tiene un modo uniforme y exclusivo de manifestarse, ya que arraiga en la misma variedad de circunstancias que lleva consigo el trabajo humano. <ref>Cfr. Statuta, n. 113.</ref>
 
33.      Por tanto, el apostolado personal de los fieles del Opus Dei<ref>Cfr. Statuta, n. 117.</ref> constituye la parte principal de toda la actividad apostólica de la Prelatura. Con fuerza y constancia, y a la vez con suavidad, llega a todos los ámbitos honrados de la sociedad, por lo que no resulta posible traducirlo en cifras estadísticas: sólo Dios puede medir su eficacia.
 
34.      La formación apostólica está íntimamente unida a la formación doctrinal, pues "además del apostolado del ejemplo y del testimonio, que se manifiesta en una coherente vida personal de unión con Dios, los fieles de la Prelatura deben esforzarse
en hablar de Dios abiertamente, difundiendo la verdad con caridad, en un constante apostolado de doctrina y catequesis, acomodado a las peculiares circunstancias de las personas con las que trabajan y conviven" <ref>Statuta, n. 114.</ref>.
 
35.  Los fieles del Opus Dei, por su vocación cristiana, se sienten estimulados a elevar al orden sobrenatural todas las actividades profesionales y todos los servicios que los hombres se prestan mutuamente en el tejido social, de modo que se conviertan en medio de ganar almas para Cristo. Procurarán, por tanto, incansablemente promover el bien, difundir la verdad —practicando la verdad con caridad CE" 4,15)— y contribuir a que cada vez sea menor el número de los que sufren pobreza o ignorancia.
 
36. Se les enseña además a fomentar la esperanza, la humana comprensión y, a la vez, la plena responsabilidad de cara al mundo en el que viven, estando presentes en las estructuras temporales de la sociedad y, por eso, constantemente al día. En consecuencia, defenderán con valentía la libertad y la dignidad de la persona, y promoverán la unidad y el amor en este servicio solidario: trabajando y progresando codo con codo con sus iguales, procurarán impregnar y perfeccionar con el espíritu del Evangelio
el orden temporal, y dar así testimonio de Cristo en el ejercicio de sus tareas seculares. <ref>Cfr. CIC, c. 225 §2.</ref>
 
37.      La formación apostólica estimula a los fieles de la Prelatura a promover y desarrollar, en uso de sus derechos ciudadanos y junto con otras muchas personas, iniciativas educativas, asistenciales, culturales, etc., que contribuyan al bien común y a la ordenación cristiana de la sociedad. <ref>Cfr. Statuta, nn. 121 y 123.</ref> Todos han de sentir la responsabilidad de poner lo que esté de su parte —cada uno según su capacidad y siempre en uso de su libertad personal—, para el buen desarrollo de la vida pública, para propagar la justicia social, para la recta dirección y uso de los medios de comunicación social.
 
38.      Los fieles de la Prelatura han de ser conscientes de que su apostolado se dirige a todos los hombres, sin distinción de raza, nación o condición social: a los cristianos les invitarán, enseñarán y ayudarán a responder a la vocación universal a la santidad en el ejercicio de su profesión y en el cumplimiento de los deberes propios de su estado; y, con el ejemplo y la palabra, procurarán dar testimonio de Cristo a quienes aún no le conozcan, para disponerlos a recibir la gracia de la fe. <ref>Cfr. Statuta, n. 115.</ref>
 
39. Es muy propio del Opus Dei y particularmente amado por sus fieles el apostolado con los no católicos o no cristianos, y con los católicos que se han apartado de la Iglesia. Fácilmente, estas personas, al relacionarse por motivos profesionales con fieles de la Prelatura y verse tratados con afecto y sincera amistad, salen de su indiferencia o vuelven a acercarse a la Iglesia y comienzan a colaborar gustosamente en el apostolado, al menos por su valor humano.
 
40. A través de los medios de formación previstos, el Opus Dei procura que todos los fieles de la Prelatura respondan constantemente y con amor ferviente a su vocación cristiana al apostolado, con hondo conocimiento de la doctrina cristiana y siempre en fiel comunión con la Iglesia. <ref>Cfr. Statuta, n. 96.</ref>
 
==La formación doctrinal==
 
41.      El fin de la formación doctrinal es proporcionar a los fieles de la Prelatura un conocimiento profundo de la Revelación cristiana y de las verdades con ella relacionadas, de modo que sea alimento de su vida espiritual y los haga capaces de realizar su apostolado entre personas de cualquier condición, contribuyendo así a impregnar toda la cultura humana con el espíritu del Evangelio. <ref>Cfr. Statuta, n. 96.
</ref>
 
42.      El Opus Dei no tiene ninguna doctrina propia, o escuela corporativa, en las cuestiones teológicas o filosóficas que la Iglesia deja a la libre opinión de los hombres: los fieles de la Prelatura, también en este ámbito, gozan de la plena libertad propia de los fieles católicos. <ref>Cfr. Statuta, n. 109.</ref> La formación siempre se imparte en fiel adhesión al Magisterio de la Iglesia y conforme a las normas establecidas por la Autoridad eclesiástica competente.
 
43.  Los fieles reciben al menos durante un año y medio, a partir del comienzo de su vida en la Prelatura, una intensa formación inicial, de índole prevalentemente personal, que les proporciona los fundamentos necesarios, para responder enseguida a las exigencias espirituales y apostólicas de su vocación cristiana. Esta formación inicial comprende también un curso doctrinal introductorio en el que, a grandes rasgos, se expone la doctrina católica sobre el misterio de Cristo y la historia de la salvación. Con esta inicial y sintética consideración de las verdades de la fe, los fieles del Opus Dei adquieren una visión unitaria de la doctrina, que les sirve de fundamento para los sucesivos períodos de formación.<ref>Cfr. Statuta, n. 106 §1.</ref>
 
44. Una vez terminada la formación inicial, todos los fieles de la Prelatura reciben una formación doctrinal completa, acomodada a las circunstancias de cada uno. Los Numerarios, y aquellos Agregados cuya situación personal así lo aconseje, realizan íntegramente los cursos institucionales de Filosofía y de Sagrada Teología, con la misma profundidad con que se dedican a sus estudios civiles; muchos de ellos obtienen, además de sus grados académicos civiles, un Doctorado eclesiástico. <ref>Cfr. Statuta, n. 101.</ref>
 
==Los centros de estudios regionales==
 
45.  La Prelatura se sirve de Centros de Estudios, distintos para hombres y para mujeres, con el fin de proporcionar a sus fieles, una vez concluido el período inicial, una formación más profunda y asidua, por la que, de una parte, conozcan más a fondo el espíritu del Opus Dei y aprendan a vivirlo; y, de otra, adquieran un sólido conocimiento de la doctrina cristiana, completamente necesario para alimentar su vida espiritual y para servir al fin apostólico propio de la Prelatura. <ref>Cfr. Statuta, nn. 97 y 99 §1.</ref>
 
46.     En cada circunscripción regional de la Prelatura, el Vicario respectivo erige, de acuerdo con su Consejo y con la confirmación del Prelado, según las necesidades:
#  un número adecuado de Centros de Estudios para los Numerarios;
#  un número suficiente de Centros de Estudios, que también pueden llamarse Cursos de Estudios, para los Agregados y para los Supernumerarios;
# el Studium Genérale, es decir, el Centro general de Estudios Superiores de Filosofía y de Sagrada Teología de la respectiva circunscripción de la Prelatura. <ref>Cfr. Statuta, n. 97.</ref>
 
===Los centros de estudios para numerarios===
 
47.      Los Centros de Estudios dependen del Vicario Regional o, en su caso, del Vicario delegado; y tienen sedes que cumplan los requisitos establecidos. En estos Centros de Estudios se proporciona a los Numerarios, al menos durante dos años, una formación más profunda en todos los aspectos del espíritu del Opus Dei, mientras cursan una parte de sus estudios institucionales. Conviene procurar que todos los Numerarios comiencen sin demora este período de su formación.
 
48.      Durante este tiempo de estancia en el Centro de Estudios, dedicado a una formación más intensa:
# se ofrece a los Numerarios una profunda formación espiritual, mediante la frecuente predicación de la Palabra de Dios, retiros espirituales de uno o de más días —estos últimos, una vez al año—, los Círculos de formación y de exhortación al examen de conciencia, así como con otras formas de dirección espiritual personal y colectiva, de modo que se fortalezcan y crezcan en el cuidado de su vida interior y, a la vez, sean más conscientes de la grandeza de su vocación cristiana y de las gracias y exigencias que lleva consigo;
#  se les instruye diligentemente, por medio de los cursos oportunos, sobre la naturaleza, el espíritu, el régimen y los modos apostólicos del Opus Dei;
#    se les capacita, a través de la apropiada formación apostólica teórica y práctica, para llevar a cabo eficazmente, mientras y después de completar su estancia en el Centro de Estudios, la misión del Opus Dei en servicio de la Iglesia y de todos los hombres, por medio del ejercicio de su trabajo profesional;
#  en cuanto a la formación doctrinal-religiosa, se aplican con esmero a cursar una parte de los estudios institucionales (de ordinario, asignaturas del bienio de Filosofía o de los primeros semestres del cuadrienio de Teología), según las disposiciones de este Plan de Formación;
#    mediante la debida formación humana y cultural, se fomenta en cada uno la madurez de su personalidad, el sentido y recto uso de la libertad y la responsabilidad personales, la disposición y la facilidad de dialogar con todos, la capacidad de expresión oral y escrita, una sensibilidad abierta para discernir, estudiar, enjuiciar y resolver los problemas de actualidad, etc.
 
49.      Los Consejos Directivos de estos Centros de Estudios están compuestos por el Director, el Subdirector, el Secretario, el Director de Estudios y otros Directores que se considere oportuno, de acuerdo con el número de alumnos y la organización del Centro.
 
50.      Debe haber también un Director Espiritual, que atienda la dirección espiritual de los alumnos.
 
51.      Los miembros del Consejo Directivo y el Director Espiritual han de estar dotados de probada capacidad y preparación humana, espiritual y profesional; y son nombrados por un trienio por el Vicario de la circunscripción regional, oído su Consejo.
 
52.      Además del Director Espiritual, habrá en número suficiente otros sacerdotes idóneos, disponibles para la dirección espiritual, nombrados para este encargo por el respectivo Vicario.
 
53.      El Director Espiritual y los sacerdotes mencionados en el n. 52 guardarán, con absoluto cuidado, el debido silencio en todo lo referente al fuero interno.
 
54.      Cada Centro de Estudios tendrá una biblioteca bien dotada. Su dirección compete al Bibliotecario, que es nombrado por el Consejo Directivo y que ejerce su encargo en estrecha colaboración con el Director de Estudios.
 
55.      Los Directores tienen la obligación grave de poner todo su empeño, y de emplear todos los medios necesarios, para que en los Centros de Estudios se cumplan fielmente las normas de este Plan de Formación, y para que toda esta labor formativa se desenvuelva con la máxima responsabilidad y eficacia. Con este fin, el Consejo Directivo del Centro elabora un propio programa, que ha de ser aprobado por el Vicario respectivo, y será revisado periódicamente.
 
56.      Los Directores de los Centros de Estudios informan regularmente al Vicario respectivo sobre el estado y las necesidades de su Centro.
 
57.      La Prefectura de Estudios <ref>Cfr. Statuta, nn. 138 y 146.</ref> se ocupa de que se organicen, de vez en cuando, Convivencias especiales para Directores de Centros de Estudios, que faciliten el mutuo intercambio de experiencias y el permanente perfeccionamiento de su preparación específica.
 
58. Tras concluir el período de formación más intensa en el Centro de Estudios, los Numerarios continúan su formación, de acuerdo con las normas generales vigentes en la Prelatura. <ref>Cfr. Statuta, nn. 2-3 y 79 ss.</ref> Prosiguen sus estudios institucionales en el Studium Genérale de la Región o en un Centro de Estudios Interregional o, si fuese el caso, en alguna Facultad eclesiástica.
 
===Los cursos de estudios para agregados o para supernumerarios===
 
59.    Los fieles laicos Agregados <ref>Cfr. Statuta, n. 10.</ref> y Supernumerarios <ref>Cfr. Statuta, n. 11.</ref> de la Prelatura reciben la misma formación que los Numerarios y también del mismo modo congruacongruis referendo: por ejemplo, por medio de meditaciones, Círculos, cursos, días de retiro espiritual, Convivencias, dirección espiritual, etc.
 
60.    Habitualmente, los Agregados y los Supernumerarios que han terminado su formación inicial, tan pronto como la situación de cada uno lo permita, se incorporan a los Centros o Cursos de Estudios, distintos para Agregados y para Supernumerarios, en los que se les da, de ordinario a lo largo de dos años, la formación más intensa y más asidua, mencionada en el n. 45.
 
61. En todo lo referente al gobierno y al programa de formación de los Cursos de Estudios para Agregados y para Supernumerarios, salvo disposición contraria, rigen los mismos criterios, congruacongruis referendo, que se establecen en los nn. 47-57 para los Centros de Estudios de Numerarios.
 
62. Evidentemente, los Agregados y los Supernumerarios, a causa de sus peculiares circunstancias personales, familiares y profesionales, no pueden vivir de modo estable en la sede del Centro de Estudios. Con excepción de las dos Convivencias anuales —el curso de retiro espiritual y otra Convivencia anual de formación— que duran varios días, los Agregados y los Supernumerarios, mientras están adscritos al Curso de Estudios, acuden según los calendarios y los horarios establecidos, a cada una de las actividades formativas que se realizan en la sede del Centro.
 
63. En cuanto a la formación doctrinal-religiosa, los Agregados, salvo aquéllos de los que trata el n. 64, y los Supernumerarios, tras completar la formación inicial, comienzan enseguida el estudio diligente de un curriculum que abarca de forma completa toda la doctrina católica (Sagrada Escritura, Teología dogmática, Teología moral, Teología espiritual, etc.). Estos estudios se realizan a lo largo de varios años, según el programa aprobado por el Vicario de la circunscripción regional. <ref>Cfr. supra, nn. 43 y 44.</ref>
 
64.      Los Agregados, cuando sus circunstancias personales así lo aconsejen, cursan el curriculum íntegro de los estudios institucionales de Filosofía y de Sagrada Teología en el Studium Genérale de la circunscripción regional, con arreglo a las normas de este Plan de Formación. <ref>Cfr. supra, n. 44.</ref>
 
65.      Para favorecer todo lo posible la formación espiritual y doctrinal de cada uno, en los Centros de Agregados y de Supernumerarios, debe haber una biblioteca circulante, dotada abundantemente de libros útiles, que se proporcionan con facilidad a los fieles de la Prelatura adscritos al Centro, según las necesidades de cada uno.
 
===El ''studium generale''===
 
66. §1. Con el nombre de ''Studium Genérale'' se designa el Centro general de Estudios Superiores de una circunscripción de la Prelatura. Mediante este Centro, el respectivo Vicario, con la Comisión Regional y con la Asesoría Regional, provee al régimen de los estudios institucionales de Filosofía y de Sagrada Teología, con arreglo a las normas del derecho <ref>Cfr. Statuta, nn. 96-97,99,101 §§1-3 y 103-104; este Plan de Formación, nn. 66-93; Plan de Estudios de la Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei; CIC, c. 229 §§1-2; JUAN PABLO II, Const. Ap. Sapientia christiana, 15- IV-1979, art. 72 a) y 81 a).</ref>, y a la organización de otros cursos de Filosofía y de Sagrada Teología según las necesidades de los fieles de la Prelatura <ref>Cfr. Statuta, nn. 101 §§4-5,106 y 107; este Plan de Formación, nn. 43-44, 63 y 114.</ref>.
 
§2. El ''Studium Genérale'' es, por tanto, un Centro de Estudios de naturaleza estrictamente académica, dotado de propias autoridades de gobierno y de un cuerpo de Profesores dedicado a la formación doctrinal-religiosa de los fieles de la Prelatura. Tiene su sede central en la sede de la Comisión Regional y en la de la Asesoría Regional, respectivamente. Desarrolla sus actividades docentes en los Centros de Estudios, mencionados en los nn. 47-65, o en otros Centros de la Prelatura destinados a este fin por el Vicario de la circunscripción regional.
 
====El régimen del ''Studium Generale''====
 
67. §1 El ''Studium Genérale'' de cada circunscripción de la Prelatura es dirigido por el Vicario —que, por tanto, es su Rector— con sus Consejos <ref>Cfr. Statuta, nn. 151-152 y 156-157.</ref>.
 
§2. Como Rector del ''Studium Generale'', al Vicario de la circunscripción de la Prelatura con sus Consejos compete principalmente decidir todo lo relativo al gobierno superior del mismo ''Studium Generale'', y aprobar cada año el programa de sus actividades docentes. Velará constante y atentamente por el provechoso desarrollo del trabajo de Profesores y alumnos.
 
68. §1. Para la atención inmediata del gobierno del ''Studium Generale'', asiste al Vicario de la circunscripción el Delegado de Estudios, como miembro de la Comisión Regional —para las mujeres de la Prelatura, la Directora de Estudios, como miembro de la Asesoría Regional—, según las facultades que se le hayan concedido, habitualmente o ''ad casum''.
 
§2. El Delegado de Estudios —para las mujeres, la Directora de Estudios— es Vicerrector y simultáneamente Secretario del ''Studium Generale''. Con la orientación del Vicario de la circunscripción o Rector, le compete principalmente: promover con fidelidad la ejecución de las disposiciones del Prelado, referentes a los estudios de Filosofía y de Teología de los fieles de la Prelatura; cuidar con especial diligencia todo el trabajo de formación doctrinal, encomendado al Studium Generale; organizar y dirigir las diversas actividades del Studium Generale; redactar las actas, archivar los documentos, autenticar los actos o decisiones, expedir los certificados de documentos o de hechos, etc.
 
§3. Al Delegado de Estudios (o a la Directora de Estudios) le ayudan en su tarea los Vocales de Estudios (en el caso de que existan Delegaciones en el ámbito de la circunscripción regional), el sacerdote Decano del Studium Generale, los Directores de los Centros de Estudios y otros colaboradores que pueda necesitar.
 
69. §1. Al sacerdote Decano del Studium Generale compete la ordinaria dirección académica de las actividades del Studium, bajo la orientación y en unión con el Rector y el Vicerrector.
 
§2. El sacerdote Decano puede contar con la ayuda de los colaboradores que, según el número de alumnos y la organización del Studium Generale, parezca conveniente.
 
§3. El sacerdote Decano y, si los hay, los sacerdotes Vicedecanos, son nombrados para un quinquenio por el Vicario de la circunscripción regional, oídos sus Consejos, de entre los Profesores Ordinarios del ''Studium Generale''.
 
70. §1. El sacerdote Decano tiene la autoridad académica y la respectiva responsabilidad de dirigir día a día la labor del Studium Generale, especialmente de su cuerpo docente. Pondrá particular cuidado, junto con los Directores de Sectores o Departamentos Científicos <ref>Cfr. infra, n. 82.</ref>, en asegurar la alta competencia, científica y didáctica, de los Profesores, sobre todo en las materias de la especialidad de cada uno. Procurará asesorarles en la oportuna programación y coordinación de sus trabajos de investigación y de docencia; también en la preparación de publicaciones, en particular de libros de utilidad didáctica inmediata. Fomentará la sincera unión entre los Directores, los Profesores y los alumnos, así como la de todos con el Delegado de Estudios (o la Directora de Estudios), el Vicario Regional y el Prelado.
 
§2. El Vicedecano o los Vicedecanos, si los hubiera, ayudan al Decano en sus tareas, y lo suplen cuando esté ausente o impedido.
 
71. El Delegado de Estudios (o la Directora de Estudios), con el sacerdote Decano, somete cada año a la aprobación del Rector el programa de actividades docentes del Studium Genérale. Además, periódicamente, le informa sobre el estado y las necesidades del Studium.
 
72. La Biblioteca del ''Studium Generale'' está      compuesta por las bibliotecas existentes en la sede central del mismo Studium y en los diversos Centros de Estudios, que se coordinarán      oportunamente entre sí. De la dirección      de la Biblioteca se encarga el Bibliotecario del Studium Generale, que es designado      por el Rector, a propuesta del Vicerrector y el sacerdote Decano. El Bibliotecario colaborará estrechamente con el Vicerrector y el Decano.
 
73. Es deber grave de las Autoridades del ''Studium Genérale'' y de sus colaboradores emplear toda su diligencia, y poner todos los medios necesarios para que, en el Studium Genérale, se cumplan fielmente las normas de este Plan de Formación y del Plan de Estudios de la Prelatura, y para que todo el trabajo de formación se lleve a cabo con la máxima responsabilidad y eficacia.
 
====Los Profesores del ''Studium Generale''====
 
74.    El cuerpo docente del ''Studium Generale'' está formado por los Profesores Ordinarios, los Profesores Extraordinarios, los Profesores Adjuntos, los Profesores Encargados y, por último, los Ayudantes. Pueden colaborar también Profesores Asociados.
 
75.    En el ''Studium Generale'' habrá un número de Profesores suficiente, de modo que cada uno pueda dedicarse, con la necesaria intensidad y eficacia, al trabajo docente y de investigación, habida cuenta de las asignaturas que se han de explicar y del número de alumnos.
 
76.    Los Profesores del ''Studium Generale'' son nombrados por el Rector, después de una diligente consulta. Cuando sea propuesto un candidato, deberá presentarse su curriculum vitae.
 
77. Además de la necesaria rectitud doctrinal, piedad, cualidades pedagógicas y verdadera competencia en su disciplina y materias afines, se requiere:
# para los nombramientos de Profesores Ordinarios:
## un Doctorado adecuado;
## haber ejercido la labor docente al menos durante seis años, en los Studia Generalia o en otros Centros de Estudios de la Prelatura, o también en una Facultad eclesiástica;
## una dedicación estable a la tarea docente en el Studium Generale;
#  para los nombramientos de Profesores Extraordinarios: las mismas condiciones indicadas en el apartado anterior bajo los epígrafes 1° y 2°;
#  para los nombramientos de Profesores Adjuntos:
## un Doctorado adecuado;
## haber ejercido la labor docente al menos durante dos años, en los Studia Generalia o en otros Centros de Estudios de la Prelatura, o también en una Facultad eclesiástica;
## una dedicación estable a la tarea docente en el Studium Generale;
# para los nombramientos de Profesores Encargados: los mismos requisitos indicados en el apartado anterior bajo los epígrafes 1° y 2°;
# para los nombramientos de Ayudantes: el grado de Licenciatura u otro título académico equivalente.
 
78.      Puede ser nombrado Profesor Asociado quien, poseyendo una notoria competencia profesional, científica y doctrinal, esté dispuesto a participar en la tarea docente del Studium Genérale, colaborando con el Profesor titular de alguna disciplina o explicando un curso especial o auxiliar.
 
79.      Los Profesores Ordinarios y los Profesores Adjuntos son Profesores estables y, por tanto, desempeñan con dedicación plena la tarea docente y de investigación, que compaginan con otra actividad apostólica.
 
80.      Los Profesores de las asignaturas de Teología moral deben ser sacerdotes. Aplíquese este mismo criterio, en la medida de lo posible, a las demás disciplinas sagradas.
 
81.      Los Profesores prestan su colaboración docente y científica, y participan en las reuniones del cuerpo docente, en el tiempo y en el lugar en que sean convocados por la Autoridad competente, según las necesidades del Studium Generale.
 
82. §1. Para fomentar la investigación especializada de los Profesores, su fructuosa colaboración recíproca y el intercambio de experiencias, es aconsejable constituir dentro del Studium Generale, según se juzgue oportuno, Sectores o Departamentos Científicos para diversos ámbitos de disciplinas afines, tanto de Filosofía como de Sagrada Teología, y un Sector o Departamento específico de Lenguas.
 
§2. Al frente de cada Sector o Departamento habrá un Director, ayudado, si parece conveniente, por uno o varios Subdirectores. El Director de Departamento y, si los hay, los Subdirectores, son nombrados por el Rector, a propuesta del Vicerrector y del Decano.
 
83.      Los Profesores procurarán perfeccionar continuamente su preparación científica y, como fruto de su tarea docente e investigadora, publicar escritos sobre las materias a las que se dedican.
 
84.      Todos los Profesores sentirán, y asumirán siempre con alegría, la responsabilidad de ejercer su tarea en plena comunión con el Magisterio auténtico de la Iglesia, especialmente del Romano Pontífice; y procurarán ser —para los alumnos y los demás fieles cristianos— testigos de la verdad evangélica viva y ejemplos de fidelidad a la Iglesia.<ref>Cfr. JUAN PABLO II, Const. Ap. Sapientia christiana, proemio, IV.</ref> Al comienzo de su encargo docente<ref>Cfr. supra, n. 76.</ref>, emiten la profesión de fe católica y pronuncian el juramento de fidelidad, según las fórmulas establecidas por la Sede Apostólica. <ref>Cfr. CIC, c. 833 y AAS 81 (1989), pp. 104-106; CONGR. PARA LA DOCTRINA DE LA FE, Instr. De ecclesiali theologi vocatione, 24-V-1990, n. 22.</ref>
 
85.      Los Profesores gozan de la justa libertad en la enseñanza y en la investigación, bajo la guía de la palabra de Dios, según es enseñada constantemente por el Magisterio vivo de la Iglesia, para poder contribuir a un verdadero progreso en el conocimiento y la comprensión de la verdad divina. En la tarea docente proceden sensatamente y sin temeridad, especialmente cuando se trate de nuevas cuestiones, distinguiendo oportunamente el ámbito de la investigación del ámbito de la docencia. Por regla general, en todas las materias han de explicar principalmente la doctrina cierta, y proponer con moderación y responsabilidad otras explicaciones sólo probables, nuevas o personales.<ref>Cfr. CIC, c. 218; JUAN PABLO II, Const. Ap. Sapientia christiana, art. 39 y 70.</ref>
 
86.      §1. Conviene que los Profesores sepan y deseen formar un cuerpo docente bien unido, para que, por su modo de enseñar y de actuar, faciliten que los alumnos adquieran una verdadera síntesis intelectual de las materias estudiadas.
 
§2. Los Profesores ejercen su tarea docente siempre en estrecha colaboración con las Autoridades del ''Studium Genérale'' y con los Directores de los Centros o Cursos en los que deban enseñar.
 
87.                      El Vicerrector      o el Decano del Studium Generale —o también, pro opportunitate, los Directores de los Sectores o Departamentos Científicos— convocarán a los Profesores a participar en reuniones      de estudio, que son una buena oportunidad      para coordinar la docencia,      promover la investigación e intercambiar experiencias. Igualmente, se procurará que los Profesores del ''Studium Generale'', en la medida de sus posibilidades, asistan a reuniones conjuntas con      Profesores de los Centros      de Estudios Interregionales y con Directores de los Centros de Estudios de la Prelatura.
 
88.      Los Profesores del ''Studium Generale'' para las mujeres de la Prelatura son sacerdotes o mujeres, y se nombran según las normas de los nn. 74-78.
 
====Los alumnos del ''Studium Generale''====
 
89. Todos los fieles laicos Numerarios de la Prelatura, tras recibir la formación inicial, comienzan el curriculum de los estudios institucionales de Filosofía y Sagrada Teología en el Studium Generale. Los Agregados, cuyas circunstancias personales así lo aconsejen, comienzan el mismo curriculum, tras concluir la formación inicial o, si es oportuno, en un momento posterior.<ref>Cfr. supra, nn. 43-44 y 64.</ref>
 
90.      Mientras reciben en los Centros o Cursos de Estudios de la circunscripción regional la formación más intensa y profunda propia de estos Centros, los alumnos realizan parte de los estudios del curriculum institucional.<ref>Cfr. supra, nn. 47, 48 d) y 60.</ref>
 
91.      Después, prosiguen sus estudios institucionales, hasta que los acaben, en el Studium Generale de una circunscripción regional, o en algún Centro de Estudios Interregional de la Prelatura, o, cuando sea oportuno, en alguna Facultad eclesiástica. Durante este tiempo, continúan recibiendo en los Centros de la Prelatura, con plena intensidad y sin interrupción, todos los medios de formación humana, espiritual y apostólica, que el Opus Dei les ofrece.<ref>Cfr. Statuta, nn. 2-3, 27 y 79 ss.</ref>
 
92.      §1. La duración de los estudios de un año del curriculum institucional nunca puede ser menor de un año solar; frecuentemente, por el contrario, deberá exceder ese tiempo, a causa de otros trabajos que el alumno tiene que realizar.
 
§2. Como los fieles de la Prelatura realizan un trabajo profesional, la experiencia enseña que es oportuno que los semestres de los cursos institucionales queden separados unos de otros por un razonable intervalo de tiempo, de modo que los fieles del Opus Dei puedan compaginar los estudios eclesiásticos con la propia profesión civil. <ref>Cfr. Statuta, nn. 99 §2 y 101 §3.</ref>
 
93. La modalidad peculiar de la formación, descrita en los nn. 5-7 y 92, hace que la formación doctrinal de los fieles de la Prelatura tenga lugar en estrecha conexión con la múltiple realidad de la vida social. En consecuencia, sus estudios eclesiásticos son enriquecidos por aportaciones y experiencias procedentes de los propios estudios civiles o de la actividad profesional. Al mismo tiempo, los estudios de Filosofía y Teología les capacitan para discernir, con recto criterio doctrinal, los problemas humanos y sociales, dando soluciones coherentemente cristianas y ejerciendo un profundo apostolado en la entraña de todos los ámbitos de la sociedad.
 
==Los centros de estudios interregionales==
 
94.      Los Centros de Estudios Interregionales, que dependen directamente del Prelado, se destinan especialmente a la preparación de los fieles, sacerdotes o laicos, que se van a dedicar a tareas de formación.<ref>Cfr. Statuta, nn. 98 y 99 §1.</ref>
 
95.      Los Centros de Estudios Interregionales están dotados de un propio cuerpo docente, y en ellos se proporciona la formación filosófico-teológica según el Plan de Estudios de la Prelatura. <ref>Cfr. Statuta, nn. 99 §1,101 §§1-2 y 104.</ref>
 
96.      A estos Centros se incorporan alumnos procedentes de cualquier circunscripción regional, que son designados por el Prelado, directamente o a propuesta de los respectivos Vicarios Regionales. De ordinario, conviene que no sólo hayan recibido previamente la formación más intensa, propia del Centro de Estudios Regional, y completado una parte de su curriculum institucional filosófico-teológico, sino también que, al menos por cierto tiempo, hayan ejercido su profesión civil.
 
97. §1. In Centris Studiorum Interregionalibus curentur pari diligentia, congrua congruis referendo, eadem formationis principia, quae in n. 48 pro Centris Studiorum Regionalibus statuuntur, ratione scilicet habita institutionis a singulis alumnis iam receptae necnon peculiarium munerum vel officiorum, ad quae ipsi in Centris Interregionalibus erunt praeparandi.
 
§2. Commoratio in Centris Interregionalibus, convivendi actu atque conversatione cum personis ex nationibus omnium continentium procedentibus, efficit ut alumni propius cognoscant atque facilius intellegant diversas condiciones culturales et sociales, sicuti congruit spiritui universali Operis Dei proprio.
 
§3. Alumni, dum in Centro Studiorum Interregionali permanent, studia institutionalia philosophico-theologica prosequuntur vel complent, sive activitates academicas ipsius Centri Interregionalis frequentantes, sive nomen dantes alicui Facultati ecclesiasticae, si in loco adsit. Qui studia institutionalia iam expleverint, incumbere possunt studiis ad gradus Licentiae et Doctoratus in Facultate ecclesiastica obtinendos.
 
98. Centris Studiorum Interregionalibus praeest Praelatus. Immediatum singulorum Centrorum regimen pertinet ad Rectorem cum suo Consilio.
 
99. El Consejo Directivo del Centro de Estudios Interregional consta del Rector, del Vicerrector <ref>En los Centros de Estudios Interregionales, para las mujeres de la Prelatura se emplean los nombres de Directora y Subdirectora.</ref>, del Secretario, del Director de Estudios (que debe ser Profesor Ordinario) y de otros Directores que, según el número de alumnos, se considere oportuno. Todos son nombrados por el Prelado para un quinquenio, preferiblemente de entre los Directores de los Centros de Estudios Regionales con mayor experiencia.
 
100.      Debe haber también en cada Centro de Estudios Interregional un Director Espiritual, que es nombrado por el Prelado para un quinquenio. Además, habrá otros sacerdotes, idóneos y en número suficiente, disponibles para la labor de dirección espiritual, designados por el Prelado. Todos guardarán con el mayor cuidado el debido silencio en todo lo referente al fuero interno.
 
101.      Cada Centro de Estudios Interregional tendrá una biblioteca bien dotada. Su dirección compete al Bibliotecario, que es nombrado por el Rector y ejerce su encargo en estrecha colaboración con el Director de Estudios.
 
102.      Compete al Prelado nombrar a los Profesores de los Centros de Estudios Interregionales, después de una diligente consulta.
 
103.      En cuanto al régimen de los Centros de Estudios Interregionales y de su cuerpo docente, se aplican, congrua congruis referendo, las normas establecidas en los nn. 55 y 74-88 para los Centros de Estudios Regionales.
 
104.      Los Rectores de los Centros de Estudios Interregionales informan periódicamente al Prelado sobre el estado y las necesidades de su Centro.
 
105.      Para los Centros de Estudios Interregionales, erigidos por el Prelado como Seminarios de la Prelatura <ref>Cfr. Statuta, n. 102.</ref>, rigen las normas de la Ratio Institutionis Sacerdotalis.
 
==Los estudios institucionales de filosofía y sagrada teología==
 
106. §1. El curriculum institucional completo de Filosofía y Sagrada Teología comprende seis años: un bienio de Filosofía seguido de un cuadrienio de Teología.
 
§2. Cada año del curriculum de estudios institucionales de Filosofía y Sagrada Teología se divide en dos cursos semestrales, cuya duración —el número de horas dedicado a las clases— debe adecuarse a la duración de los cursos que se imparten en las Universidades Pontificias. <ref>Cfr. Statuta, n. 101 §2.</ref>
 
107. En el Plan de Estudios de la Prelatura se recogen los curricula completos de los seis años, junto con una descripción sintética de cada asignatura. Tanto los curricula como las descripciones de las materias se revisarán periódicamente, para que respondan siempre a las necesidades doctrinales y apostólicas del momento, teniendo en cuenta la doctrina propuesta en los documentos más recientes del Magisterio y las adquisiciones ciertas de la investigación.
 
108.    Con el plan de enseñanza de la Filosofía y la Teología, que se sigue en los Centros de Estudios de la Prelatura, se pretende fomentar la transmisión y la asimilación de un cuerpo íntegro de doctrina, poniendo de manifiesto su unidad interna, de modo que los alumnos adquieran con más facilidad una síntesis profunda y consistente de toda la doctrina cristiana. Conviene, por tanto, que los Profesores, al explicar sus asignaturas, pongan particular empeño en mostrar la unidad y la armonía de la doctrina de la fe, buscando una estrecha colaboración interdisciplinar entre ellos.
 
109.    En la enseñanza y en el estudio de la Filosofía y de la Teología, los Profesores y los alumnos, obedeciendo con ánimo filial a la Iglesia, manifestarán una sincera y plena adhesión al Magisterio, basada en un hondo sentido de la Tradición eclesial. Al mismo tiempo, prestarán la debida atención al desarrollo de las ciencias, y no dejarán de aprovechar las positivas adquisiciones que de ellas derivan. Atribuirán singular autoridad a la doctrina de Santo Tomás de Aquino, tal y como le ha sido reconocida por el Magisterio de la Iglesia durante casi siete siglos y fue confirmada por el Concilio Vaticano II.<ref>Cfr. Statuta, nn. 96 y 103; CONC. VAT. II, Decl. Gravissimum educa-tionis, n. 10; JUAN PABLO II, Const. Ap. Sapientia christiana, art. 26 §2.</ref>
 
110.    Los alumnos se esforzarán, especialmente durante el bienio filosófico, por adquirir o perfeccionar su conocimiento de la lengua latina, aprovechando los medios didácticos que existan para ese fin. Además, se les facilitará aprender y ejercitarse en las principales lenguas modernas.
 
111. Los estudios institucionales, realizados con arreglo a las prescripciones de este Plan de Formación, tienen plenos efectos canónicos públicos, conforme a derecho. <ref>Cfr. Statuta, nn. 101 §§1-3 y 104; CIC, c. 229 §2.</ref>
 
==La formación permanente==
 
112.    Según el espíritu del Opus Dei, la formación de los fieles de la Prelatura nunca se considera terminada, ni en el aspecto doctrinal ni en los aspectos humano, espiritual y apostólico.
 
113.    La formación humana, espiritual y apostólica se proporciona a los fieles del Opus Dei, con la misma intensidad durante toda su vida, a través de los medios mencionados en los nn. 29 y 40, adaptándola siempre oportunamente a las diversas circunstancias familiares, profesionales y sociales de cada uno.
 
114.    §1. Por lo que se refiere al aspecto doctrinal, después de terminar los estudios de los que se ha tratado en los capítulos anteriores de este Plan de Formación, los fieles del Opus Dei deben cultivar permanentemente el estudio de la Sagrada Teología, siguiendo un orden adecuado. Todos, por tanto, continuarán su formación, con arreglo a un programa de repaso cíclico y de actualización, con el fin de profundizar cada día más su formación doctrinal.<ref>Cfr. Statuta, n. 107.</ref>
 
§2. Este estudio permanente de la Sagrada Teología se lleva a cabo en las Convivencias anuales de los fieles de la Prelatura, y también mediante un estudio personal oportunamente orientado.
 
115. Lo que se establece para los varones en este Plan de Formación rige igualmente para las mujeres, congruacongruis referendo, a no ser que, por el contexto o por la naturaleza del asunto, conste otra cosa o existan normas especiales.
 
''Apud Collegii Romani Sanctae Crucis''
 
 
==Referencias==
<references />


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[[Category:Documentos publicados]]
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Latest revision as of 15:22, 18 March 2021

Tras la demanda de la prelatura del Opus Dei y de Scriptor S.A., alegando derechos de autor, esta obra se ha retirado en cumplimiento de la sentencia de la magistrada Doña Olga Martín Alonso, del Juzgado nº 10 de lo Mercantil de Madrid.