Introducción a las cartas de Escrivá de Balaguer de 25 de enero de 1961 y de 25 de mayo de 1962

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Por Lucas, 5 de marzo de 2010


Estas Cartas pretenden explicar, en clave fundacional, el cambio institucional que se produce en el Opus Dei, alrededor del año 1960, en cuanto al tipo de espiritualidad propugnado por su fundador y a su configuración jurídica. En efecto, la Próvida Mater Ecclesia supuso para la organización de Escrivá la aprobación jurídica definitiva. La Próvida considera a los institutos seculares como una nueva forma jurídica del estado de perfección, en la que los miembros se santifican mediante la práctica de los consejos evangélicos en medio del mundo. El mismo Escrivá (cf. Conferencia de Escrivá de 17.dic.1948: La Constitución Apostólica “Provida Mater Eclessia” y el Opus Dei) expone cómo los institutos seculares son el último eslabón de la evolución del estado de perfección en la Iglesia (Ver Índice y texto de la esta conferencia, que cito en el Anexo I). Pero Escrivá, sorprendentemente, propone a partir del año 1958 (cf. Carta Non ignoratis) un cambio institucional con la excusa de que la figura de Instituto Secular no se adecua a su fundación.

En consonancia con este cambio de actitud, en la carta de 1961 exhibe la opinión contraria a la que mantenía en su intervención de 1948, afirmando: La Obra, hijos míos, no es un eslabón al final de esta cadena. No ha venido a ser un nuevo estadio de la vida religiosa o de perfección. Es un eslabón de otra evolución: la que el Espíritu Santo vivificador ha ido infundiendo en el laicado católico (Carta de 25 de enero de 1961, n.9). La conclusión es que el fundador no debió de tener muy claro su carisma, presuntamente recibido de Dios en 1928, pues primero dice que el Opus Dei es un estado de perfección, el último eslabón de evolución de dicho estado, y, como acabamos de señalar, al cabo de unos años afirma lo contrario: Lo que a nosotros el Señor nos pide, no es que cambiemos nuestro estado de simples fieles, de clérigos o laicos seculares, por el status perfeccionis, sino que —con la ayuda de Dios repetiremos estas mismas ideas cuantas veces sea necesario— cada uno de nosotros busque la perfección cristiana dentro precisamente de su propio estado y condición de vida (Carta de 25 de mayo de 1962, n. 91).

Ignoro qué ha podido ocurrir entre el año 1956, en que miembros eminentes del Opus Dei intervienen como conferenciantes en el Congreso de Perfección y Apostolado, Madrid 1956, siendo admitida pacíficamente por la institución hasta ese momento la figura de Instituto Secular como adaptada al carisma de la Obra, y el año 1958, en que el fundador escribe la Carta Non ignoratis cambiando completamente de postura. En cualquier caso, todo esto resulta sumamente extraño. Y, en mi opinión, no es suficiente la explicación que nos han dado de que algunos institutos seculares adoptaron formas de institutos religiosos. Y no es suficiente porque Álvaro del Portillo declara que dando libertad la Próvida Mater Ecclesia para que los institutos seculares se organizasen sin vida común, sin votos, con independencia económica de los miembros, etc., el Opus Dei opta por mantener los votos y el régimen de vida más riguroso (cf. Álvaro DEL PORTILLO, Constitutio, formae diversae, institutio, regimen, apostolatus, Institutorum saecularium, en Acta et documenta Congressus generalis de stativus perfectionis, Romae 1950, II, Roma, Librería Internazionale Pia Societá San Paolo, 1952, p. 289-303 (296-7) y que más se parece a los religiosos, aunque sin llevar hábito. Si Escrivá hubiera tenido claro lo que supone un espíritu laical y que no eran el último eslabón del estado de perfección, hubiera optado por el régimen de instituto secular más acorde con ese espíritu de santificación en medio del mundo. Además, al llegar la prelatura tampoco cambiaron en nada el régimen de vida que llevaban los miembros del Opus Dei como Instituto Secular y, en lo que se refiere a los votos, se sustituyeron por compromisos jurídicos que en el fondo son lo mismo pero con otro nombre.

Por otra parte, si al ser erigido el Opus Dei como Instituto Secular Escrivá hubiera tenido también claro que el estado de perfección no era adecuado a su carisma, lo más lógico es que no hubiera permitido a los directores y directoras máximos de la institución, junto con eminentes canonistas de la misma, participar en el mencionado Congreso de Perfección y Apostolado, Madrid 1956, donde todos exponen las lindezas de los nuevos institutos de perfección, descendiendo a detalles sobre el modo de vivir la obediencia y otras cuestiones espirituales tal y como se practicaban en la Obra. ¿Qué pintaban los directores en un congreso como ese si no estaban de acuerdo con su situación jurídica? De hecho, en la Carta de 1958, una vez decidido el cambio institucional, Escrivá afirma que ellos nunca participaron en reuniones sobre estados de perfección: ... para que no pudiera originarse ni difundirse ninguna falsa opinión sobre nuestra vocación específica, nunca quisimos -con conocimiento de la Santa Sede- formar parte de las federaciones de religiosos, o asistir a los congresos o asambleas de los que se dice que están en estado de perfección (Carta Non ignoratis, 1958). En este sentido también hay que señalar la intervención del fundador en el Congreso General sobre el Estado de Perfección, Roma 1950.

Seguramente el cambio institucional mencionado se deba al descubrimiento por parte de Escrivá de la teología del laicado durante la década de los cincuenta, pero, sobre todo, al atractivo de las prelaturas nullius y de la Misión de Francia como una solución jurídica óptima para el Opus Dei por su inclusión en la estructura jerárquica de la Iglesia y, por lo tanto, como un modo de ser nombrado obispo. No olvidemos que en 1955 él pidió por tercera vez ser obispo, esto es, jerarca de la Iglesia, y la Santa Sede se lo negó, por lo que es probable que iniciase otro camino para lograr ese objetivo al que le impulsaba su personalidad narcisista. Esto es lo que parece sugerir la petición formal que Escrivá dirigió a Juan XXIII, el 7 de enero de 1962, pidiéndole un cambio de estatuto jurídico para el Opus Dei. En ella sugiere dos posibles soluciones jurídicas: A) Dar al Instituto una organización similar a la de la Misión de Francia. Se trataría de erigir el Instituto en Prelatura Nullius, proveyéndole de un territorio, aunque fuera puramente simbólico, en el que los sacerdotes serían incardinados; y que las Constituciones ya aprobadas del Instituto fueran el derecho propio por el que se rigiera la Prelatura. B) Confiar al Presidente del Instituto, que es elegido de por vida, una Prelatura Nullius (ya existente o por crearse) con la facultad aneja de incardinar a los sacerdotes del Instituto en dicho territorio, que podría ser la Casa Generalicia (Bruno Buozzi, 73) o un pequeño territorio de una diócesis cercana a Roma (cf. Anexo II). El hecho mismo de querer mantener como derecho peculiar de la Prelatura Nullius las mismas Constituciones aprobadas por la Santa Sede para su erección como Instituto Secular, no resulta comprensible en un contexto de carisma laical.

En cualquier caso, con independencia de estas conjeturas, lo que sí se evidencia con estos cambios institucionales, y con las contradicciones en las palabras del fundador, es que Escrivá no sirvió a un carisma recibido de Dios, porque nunca tuvo claro tal carisma. El “carisma” era su propia voluntad: él era el carismático. Y a pesar de sus conocidas expresiones acerca de su condición de instrumento de Dios para hacer el Opus Dei, él no parece que fuera instrumento, sino artífice.

¿Por qué toda esta historia se ha ocultado a los miembros del Opus Dei y no aparece tampoco en las biografías del fundador, tan prolijas en detalles nimios sobre su vida? ¿Por qué no se ha comentado nada de sus tres intentos de ser nombrado obispo, ni del famoso Congreso de Perfección y Apostolado, Madrid 1956? Se nota que es una faceta de la historia del Opus Dei que más les vale olvidar. Y también se aprecia, que el cambio de planteamiento institucional ocurrido en los años sesenta es tan profundo y compromete tanto su espiritualidad y carisma específico que es mejor ni mencionarlo. Es más, le obligó a redactar, en la década de los sesenta, Cartas e Instrucciones, adulterando las fechas de las mismas para que pareciera que el espíritu era así desde el principio. Y nosotros, mientras tanto, tragándonos confiadamente la explicación de que fue la Santa Sede quien le obligó a emitir votos, porque el fundador no quería ni votos, ni botas; y que el fundador tuvo que ceder, sin conceder…; y otras muchas mentiras en aspectos fundamentales para nuestras vidas.


ANEXOS

  1. La constitución apostólica “Provida mater eclessia” y el Opus Dei (1948)
  2. Carta, José María Escrivá, Roma, 25-01-1961
  3. Carta, José María Escrivá, Roma, 25-05-1962



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