Exclusion de testigos en la causa de beatificación

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DOCUMENTO DE EXCLUSIÓN DE IMPORTANTES TESTIGOS EN EL PROCESO DE BEATIFICACIÓN DE ESCRIVÁ

Ante este documento nos preguntamos ¿por qué la Iglesia permitió que el propio Opus Dei fuera juez, parte y testigo en la Causa de la Beatificación de Escrivá?

In Dei Nomine. Amen.

En Madrid, a 12 de septiembre de 1984, se reúnen el Juez, los Cojueces, los Cojueces adjuntos, los Promotores de Justicia y los Actuarios, que constituyeron el Tribunal que instruyó el Proceso Cognicional matritense sobre la vida y virtudes del Siervo de Dios Jose-maría Escrivá de Balaguer, sacerdote, Fundador del Opus Dei, que tuvo su última sesión -la 6061- el pasado 26 de junio de 1984.

Movidos por determinados hechos o acontecimientos ocurridos, una vez clausurado el Proceso cognicional, consideran necesario, con el fin de evitar eventuales y futuras dificultades, hacer la siguiente,


DECLARACIÓN


1. El pasado 26 de enero, el Promotor de Justicia del Tribunal que ha instruido el Proceso elevó una consulta a la Sagrada Congregación para las Causas de los Santos, dirigida al Emmo. y Rvmo. Sr. Cardenal Prefecto, sobre la conveniencia o no de recibir la declaración de doña María Angustias Moreno Cereijo -incluida en la "Notula testium" presentada por el Vicepostulador y la aprobada por la Sagrada Congregación-, por haberse manifestado reiterada y públicamente hostil a la Causa.

Nuestra consulta tuvo la oportuna respuesta de la Sagrada Congregación, en una carta de su Cardenal Prefecto fechada el 10 de febrero pasado (Prot. N. 1339-28/984), en la que se afirma ser "del todo desaconsejable que esa persona comparezca como testigo en un Proceso Canónico".


2. El pasado 25 de junio, la víspera del día señalado por sesión de clausura dc este Proceso Cognicional, doña María Angustias Moreno Cereijo se entrevistó con el Promotor de Justicia -M.I. Sr. D. Ricardo Quintana- manifestando que quería declarar en el Proceso. El Promotor de Justicia le contesto que su nombre había sido incluido por el Vicepostulador en la lista de los testigos presentada al Tribunal; y le recordó que, cuando el Vicepostulador le escribió expresamente para informarle de este hecho y para ofrecerle la psibilidad de encontrarse con algún miembro del Tribunal, con el fin de conocer directamente los deberes de los testigos en los Procesos de Beatificación, ella no respondió a esa carta, que había recibido. La citada señorita Moreno Cereijo confirmó estos hechos al Promotor de Justicia, y éste le explicó que ya no era posible recoger su declaración, porque el Tribunal había terminado las diligencias en Madrid. No pareció oportuno darle más explicaciones, dejando así abierta la posibilidad -pues así se le comunicó expresamente- de que se dirigiera a la Sagrada Congregación.

Los Jueces de este Tribunal matritense fuimos informados puntualmente por el Promotor de Justicia de su conversación con esta persona, "ya positivamente excluida" por consejo de esa Sagrada Congregación para ser oída como testigo, y aprobamos unánimemente su línea de conducta.


3. Ante la posibilidad de que la Srta. María Angustias Moreno escriba a ese Dicasterio, queremos señalar ahora que, después de que este Tribunal, apoyándose en el dictamen de la Congregación (Prot. N. 1339-28/984), excluyó a la Srta. Moreno como persona indigna de comparecer como testigo, ella tuvo otra actuación pública que nos confirmó en la justicia de nuestra decisión. Nos referimos a su intervención en un programa de la Televisión española sobre el Opus Dei, titulado "La Clave" emitido el pasado 25 de mayo de 1984. Este programa se inscribe en el contexto de serios y repetidos ataques a la Iglesia desde Televisión española, que han motivado protestas en diferentes medios de comunicación social. Su violencia ha sido tan marcada que la Comisión Episcopal de Medios de Comunicación Social consideró necesario denunciarlos públicamente en un mensaje, en el que, entre otras cosas, se decía que "en espacios de la programación, situados en horas de máxima audiencia, se han violado incontables veces los compromisos constitucionales y concordatorios del respeto a los sentimientos de los católicos y, en general, de los creyentes". En una entrevista concedida al diario ABC (Madrid, 1.VI.84), el Presidente de la Comisión Episcopal, Mons. Antonio Montero, afirmó que los programas de televisión titulados "España, historia inmediata: una Iglesia arraigada" y "La Clave" -dedicado, este último, al Opus Dei- son: "dos botones que muestran que no hablamos gratuitamente en la declaración episcopal". Estas intervenciones de la autoridad eclesiástica española confirman, por tanto, que -dentro de esa línea de ataque a la Iglesia- las calumnias de doña María Angustias Moreno en contra del Opus Dei hieren gravemente la conciencia de los católicos; y demuestran, además, que no se trata sólo de posturas ideológicas personales, sino de una campaña orquesta por grupos abiertamente hostiles a la Iglesia, en la que ésta y otras personas intervienen directamente o a través de otras.


4. Una vez más ha quedado patente la actitud pertinaz con la que la Srta. María Angustias Moreno busca toda clase de medios para desprestigiar al Opus Dei y a su Fundador. Y, una vez más, por el modo escogido para lanzar sus ataques, salta a la vista que no duda en tomar caminos gravemente ofensivos para la fe y la moral, como ya sucedió en ocasiones anteriores: recordamos lo que la Sagrada Congregación nos comunicaba en su carta al Promotor de Justicia (Prot. N. 1338-28/984) donde, refiriéndose al estudio que había hecho de los argumentos aducidos por la Srta. Moreno y por otro testigo contrario, afirmaba: "Ya entonces, en 1981, se consideró la posición de estos dos posibles testigos, y llamó la atención la forma de actuar de ambas personas, tanto por el contenido de sus afirmaciones como por los medios empleados para lanzarlas a la pública opinión, hasta el punto de que el Excmo. Secretario Mons. Casona rogó al Postulador de la Causa que retuviera las revistas pornográficas en las que tales personas hacían sus declaraciones, sin dejarlas en la sede de este Dicasterio, por razón de la degradación moral de tales revistas".


5. Pero no se trata aquí tan sólo de la postura de la Srta. Moreno: en este sentido consideramos que el Tribunal cumplió con su deber al remitir su juicio sobre esa persona a la Sagrada Congregación. Deseamos dejar constancia ahora, sobre la manera en la que sus maniobras están desarrollándose. Después de que tuvimos conocimiento de los deseos de declarar en este Proceso -tanto por parte de doña María Angustias Moreno, como de otras personas a las que ella se refería-, los hechos nos han llevado a la conclusión indudable de que estamos frente a una campaña organizada por un pequeño grupo, coordinado por la Srta. Moreno y dirigido fundamentalmente contra el Opus Dei, más que contra la persona del Siervo de Dios. Efectivamente, en la conversación que tuvo con el que fue Promotor de Justicia, el día anterior de la sesión de clausura del Proceso, la Srta. Moreno habló insistentemente de "otras personas", que estaban "unidas a ella" en el mismo deseo de testimoniar en el Proceso Cognicional del Siervo de Dios. Aunque no dio ningún nombre al Promotor de Justicia, nos sentimos movidos, en conciencia, a precisar esta información, recogiendo los datos que hemos podido reunir durante la instrucción del Proceso de Madrid.


6. Efectivamente, durante el Proceso, el Tribunal trató de obtener información sobre personas que hubieran tenido relación con el Siervo de Dios y que pudieran o debieran ser llamadas como testigos. Pudimos así averiguar que hay un grupo de personas, en el que todas se muestran unidas a doña María Angustias Moreno en esa misma fundamental actitud de aversión al Opus Dei, que no dudan en descargar, cuando pueden, sobre el Siervo de Dios, como Fundador de esta Institución. Tras una madura reflexión común, a partir de "los datos de hecho reunidos" y de la negativa experiencia al recoger la declaración del Sr. Alberto Moncada, el Tribunal consideró que todas esas personas debían ser excluidas del Proceso, por las mismas razones por las que se había excluido a doña María Angustias Moreno, cabeza de ese grupo, de acuerdo con el parecer manifestado por la Sagrada Congregación en su ya citada carta del 10 de febrero de 1984.

La mayoría de esta personas son las que firmaron una carta colectiva contra el Opus Dei que apareció en el Diario de Barcelona del 30.1.1977 y que fue reproducida después en otros órganos de opinión y en revistas de carácter sensacionalista o de inspiración marxista.


7. Los firmantes de esa carta son personas que pertenecieron al Opus Dei y que luego abandonaron su vocación: son todas mujeres, excepto el Sr. Alberto Moncada, que fue oído en el Proceso Congnicional del Siervo de Dioscomo testigo inducido por el Vicepostulador, y el Sr. Enrique Sopena, un periodista cuya opinión carece de interés para el Proceso, ya que no trató nunca al Siervo de Dios. Hemos podido saber que, a las 21 mujeres firmantes, únicamente dos -doña Pilar Navarro Rubio y doña María Jesús Hereza- tuvieron ocasión de tratar al Siervo de Dios. La Srta. Hereza -que también apareció en los injuriosos programas de televisión "Informe semanal" del ll.XII.82 y "La Clave" del 25.V.84, al que ya nos hemos referido-, diez días después de cerrado el Proceso, escribió al Promotor de Justicia una carta a la que él respondió el l2.VII.84. Eran esas dos personas, además, las únicas que habían expresado al Promotor de Justicia, en una conversación a las pocas semanas de iniciarse el Proceso -en 1981-, su deseo de intervenir. La Srta. Hereza entregó al Promotor de Justicia un escrito, de fecha 1.IX.81, ofensivo contra el Opus Dei, que el Promotor de Justicia puso en manos del Sr. Cardenal Tarancón, entonces Arzobispo de Madrid.


8. Por estas razones, y a sugerencia del Promotor de Justicia, el Tribunal consideró especialmente la oportunidad de convocar a estas dos mujeres, antes de elegir los testigos que debían ser llamados ex officio: tras un cuidadoso examen de los datos fidedignos que recogimos, concluimos que debían ser rechazadas como posibles testigos, por los mismos motivos por los que se había excluido a doña María Angustias Moreno.

En esa decisión de excluir a estas dos personas -María Jesús Hereza y Pilar Navarro-, tuvimos muy presentes las palabras del último párrafo de la carta de la Sagrada Congregación, ya citada anteriormente: "el recto sentido de la justicia confirma siempre la certeza de que en nada puede servir a la verdad quien no duda en ofender a la fe"; por otra parte, en su ya mencionada carta, la Sagrada Congregación nos aseguraba que, "para preparar los Interrogatorios, se tuvieron ya en cuenta los libelos de esos dos Testigos (el Sr. Moncada y la Srta. Moreno), con lo que se ha dado pie a todos los que han intervenido en los testimonios, para arrojar la luz necesaria en el conocimiento exhaustivo de la vida del Siervo de Dios, también sobre los puntos en que esas personas atacan al Siervo de Dios". En esos libros de doña María Angustias Moreno y de don Alberto Moncada -entregados por el Postulador de la Causa a la Sagrada Congregación- se recogen con detalle las mismas acusaciones que las Srtas. Navarro y Hereza repiten contra el Opus Dei, y contra el Siervo de Dios.


9. Además, se adhirieron a esta carta colectiva don José María González Ruiz, el Sr. Enrique Miret Magdalena y el Sr. Luis Carandell, personas que nunca pertenecieron al Opus Dei, ni trataron al Siervo de Dios, y de las que es pública, en cambio, su aversión al Opus Dei.


10. Aunque no figura entre los firmantes de la carta citada, forma también parte de este grupo doña María del Carmen Tapia, que perteneció al Opus Dei. Hemos sabido que tuvo una decisiva participación en los preparativos del programa "La Clave", que Televisión española ha dedicado al Opus Dei. Durante el programa fue citada en varias ocasiones, tanto por el Director de "La Clave", como por doña María Angustias Moreno. Reside habitualmente en California (USA), pero hace viajes frecuentes a España y ha mantenido relación con la Srta. Moreno. Su manifiesta hostilidad al Opus Dei -y, de rechazo, a la Causa- queda también patente en las dos extensas cartas, unas publicada en el diario El País (Madrid, 17.XI.1981), y la otra, anterior, dirigida a la Srta. Moreno para solidarizarse con el primer libro publicado por ésta contra el Opus Dei, y transcrita en su segundo libro.


11. Otra persona a la que debemos referirnos es don Antonio Pérez Hernández, que perteneció al Opus Dei. El Sr. Pérez Hernández se ordenó de presbítero en 1948 y abandonó el ministerio en 1965, atentando el matrimonio civil en México, con la expresa intención -manifestada por el mismo interesado- de evitar cualquier camino que le hiciera volver al Opus Dei. Su nombre salió algunas veces en las declaraciones, especialmente en la del Sr. Alberto Moncada, quien dijo que gran parte de su información se la había facilitado el Sr. Pérez Hernández, en la que inspiró muchas cosas de sus libros, aunque nunca lo cita explícitamente, porque fue la condición que le impuso. Estas informaciones calumniosas para el Opus Dei y para el Siervo de Dios, las utilizó el Sr. Moncada también para hacer la declaración, en la que -como ya informamos a la Sagrada Congregación en las cartas que escribieron los Jueces y los Promotores de Justicia el 26 de junio de 1984- se limitó a vomitar su odio hacia el Opus Dei. Ese sacerdote secularizado, don Antonio Pérez, también se solidarizó con la acción pública de la Srta. Moreno contra el Opus Dei mediante una carta, que la misma Srta. Moreno publicó en su libro "La otra cara del Opus Dei" (1978). Con estos datos, es obvio que el Tribunal no lo podía considerar fidedigno para tomarlo siquiera en consideración con vista a oírle como un hipotético testigo ex officío.


12. Si fuese necesario, podríamos abundar en la documentación sobre estas cuatro personas, pero consideramos que la incluida en este documento será suficiente para que conste la enemistad, pública y grave, que han manifestado estas personas contra el Opus Dei y, en consecuencia, también hacia la Causa que hemos estado instruyendo, aparte del daño que han inferido la Iglesia y a las almas colaborando, de forma más o menos directa, en medios de comunicación social sectarios y adversos a la Iglesia: siempre con la finalidad de atacar al Opus Dei.


13. En el estudio que hizo el Tribunal para determinar los testigos que debían ser aceptados como "ultroneos", o llamados "ex officio" -con intención de incluir, desde el inicio del Proceso, a los posiblemente adversos (C.I.C. entonces vigente, c.2033, y Normas de la Sagrada Congregación para las Causas de los Santos de 7.11.83, n. 21 a)-, se revisaron también Otros nombres que conocimos a través del examen de los testigos del Proceso, o por sugerencia del Promotor de Justicia. Así, surgió la posibilidad de citar a un arquitecto de Madrid, el Sr. Miguel Fisac Serna, que perteneció al Opus Dei desde 1936 a 1955. El Sr. Fisac había dirigido al Cardenal Tarancón una carta (sin fecha), en la que expresaba su deseo de ser oído en el Proceso, y un escrito, con fecha 29.1.82, que el Sr. Cardenal entregó al Promotor de Justicia para información, y que el Promotor de Justicia devolvió al Sr. Cardenal, en espera de presentarlos al Tribunal cuando terminaran de testimoniar los testigos inducidos por la Postulación y hubiera de decidirse sobre otros posibles testigos. Según nos informa el que fue Promotor de Justicia, el Cardenal Tarancón le dijo que el Sr. Fisac, a la vez que presentó su carta, manifestó al Cardenal serias dudas de presentarse a declarar, poniendo de manifiesto su conducta contradictoria, propia de su inestabilidad emocional y temperamental. El Promotor de Justicia, preguntado a este respecto por el Sr. Cardenal, respondió que el Sr. Fisac siempre conservaba su libertad de hacer una declaración escrita, debidamente autenticada. Tampoco lo llamamos, porque nos consta que se trata de una persona psíquicamente desequilibrada: escrúpulos patológicos con manifestaciones de carácter obsesivo, situación de ansiedad permanente y manía persecutoria -como el mismo interesado reconoce en alguna entrevista a la prensa-, que no ofrece garantías de dar un testimonio objetivo. Hemos comprobado que sus acusaciones contra el Opus Dei y contra el Siervo de Dios, están sustancialmente recogidas en los libros de la Srta. Moreno y del Sr. Moncada, que ya conoce la Sagrada Congregación.

Esperamos que esta Declaración, en el caso de que fuese necesaria para un ulterior estudio del Proceso, sea considerada como complemento imprescindible de la información que dimos en las cartas que firmamos los Jueces y los Promotores de Justicia el pasado 26 de junio de 1984, al terminar la sesión 606 -la última- del Proceso Cognicional matritense.


Hecha en Madrid, en el día, mes y año ut supra.

P. Rafael Pérez, O.S.A., Juez
Julián Sancho, Cojuez
José Gálvez Díaz, Cojuez
Feliciano Gil, Cojuez adjunto
Manuel Garrido, O.S.B., Cojuez adjunto
Ricardo Quintana, Promotor de la Fe
Joaquín Aznar, Promotor de la Fe adjunto
Antonio San Miguel, Actuario
Rafael Quintana, Actuario adjunto

Vidi et probavi:

L + S / Matriti, 12 Septembris 1984
+ Angelus Suquía
A rch. Matrirensis-Complutensis.