La Obra y el concilio Vaticano II

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Por Salvador, 18 de enero de 2010


Recientemente don Javier Echevarría ha dicho, o escrito, que “el concilio Vaticano II es mi patria espiritual”. Me sorprendió. Pensé en el grupo parlamentario de Alianza Popular en que la mayoría de sus miembros optaron entre la abstención o el voto en contra de la aprobación de la constitución española en 1979 y, sin embargo, hoy, como partido Popular, la han hecho suya. De hecho, viven un compulsivo nacional-constitucionalismo.

El escrito de Crítico Constructivo lo asocié a una declaraciones de Joaquín Garrigues Diez-Cañabate, que fue embajador en el Vaticano, en el simposio “Pablo VI y España” (Madrid, 20-21 de mayo de 1994).

Comentaba don Joaquín que, tras recibir el encargo por parte del régimen para que preparara la revisión de los principios fundamentales del Movimiento para acomodarlos a la doctrina del Vaticano II, se encontró que no había forma de conciliarlos. Al pedirle cuentas Franco del encargo, Garrigues le preguntó qué consideraba como esencial del Movimiento.

-¿Quiere Ud. saber cual es para mí la esencia del Movimiento?- le dijo Franco.
-Si hay algo en el mundo que tengo gran interés por saber es eso, le contestó Garrigues.
-Para mí el Movimiento es como la claque. En un espectáculo teatral o musical ha de haber algunos que arranquen a aplaudir, para que todo el público les siga. Esto es lo que hace el Movimiento dentro del régimen con el pueblo español”

Con sujetos como estos, tan camaleónicos, excepto con su persona y su poder, que aparentemente se muestran tan desenvueltos y convencidos en una posición como casi en la contraria bien merece recordar la historia.

Por tanto, me gustaría enriquecer los escritos que han salido sobre el tema con más información para dos periodos concretos: antes del anuncio del concilio (1958) y hasta la muerte del fundador (1975).

Antes del anuncio del concilio (1958)

Mayoritariamente, tanto en el mundo protestante como en el católico, dos fueron la respuesta religiosa al reto de la modernidad.

Una, fue intentar acomodar la creencia religiosa a los standares de credibilidad de la nueva realidad, lo que dió lugar al "modernismo" teológico. La segunda resistirse a la modernidad apelando firmemente y con gran fuerza emocional, aunque también con argumentos racionales, a fundamentos pre-modernos (normalmente medievales en el campo católico), lo que dió lugar al fundamentalismo protestante y al integrismo católico.

Para resumir, simplificando, diría que la primera modernidad, la reforma protestante, y la segunda, la revolución francesa fueron respondidas por la institución eclesial, en el campo católico, con el Concilio de Trento y con el Vaticano I, respectivamente.

Después del Concilio Vaticano I (1870) la jerarquía eclesiástica, seguida, sin duda, por un nutrido grupo de feligreses, era un grupo bien perfilado por una identidad definida por ser antiprotestante, antiliberal, antisocialista y antimoderna. Y además por tener una idea del estado autoritaria.

Con el Concilio Vaticano I, que había declarado el dogma de la infabilidad papal, se había llegado al culmen de la centralización y jerarquización institucional. El Papa, con poder de jurisdicción sobre la organización y sobre la conciencia de los católicos era, en términos de poder, un monarca absoluto. La Curia, por delegación suya, la administración efectiva. Los problemas que se pudieran plantear, cualesquiera que fueran, quedaban, en sus manos. Con ese sistema de resolución de conflictos, como veremos, no tenía sentido plantearse ningún concilio, es decir, una asamblea general de representantes (obispos).

A mi juicio la Reforma protestante fue ante todo una crítica a la estructura organizativa de la Iglesia católica cuyos problemas cristalizan en el "ministerio eclesiastico" (la sucesión apostólica, el reconocimiento de los ministerios) y alcanzan la cuestión del primado e infabilidad del Papado. Y desde luego una rebelión contra la Curia esa institución a la que Dante, muchos años antes, en la Divina Comedia, se refería a ella como esa "puta descarada", quizás haciéndose eco o fomentando la expresión medieval tan difundida de "casta meretrix" como se aludía a la Iglesia. Que en la Reforma protestante no había propiamente una cuestión teológica de fondo, salvo algunos excesos, lo confirma la declaración de Augsburgo de 31-12-1999 por la que la Iglesia Católica y las principales iglesias luteranas reconocen la coincidencia sustancial de la doctrina de la salvación (justificación). Esa estructura organizativa (idéntica en la Obra) es lo que he llamado “fe eclesiastica” (ver correo de 22-10-07 o12-10-07) y que, permanentemente es objeto de crítica y petición de reforma.

A principios del siglo XX, Pio X condenó el llamado "modernismo" en una encíclica y, a continuación, impuso el juramento "antimodernista" a los sacerdotes y enseñantes, un juramento que fue obligatorio hasta el año 1967. Un juramento larquísimo que empezaba por "Yo, NN, abrazo y acepto firmemente todas y cada una de las cosas que han sido definidas, afirmadas y declaradas por el magisterio inerrante de la Iglesia, principalmente aquellos puntos de doctrina que directamente se oponen a los errores de la época presente"

Los fundamentos teológicos y eclesiológicos del sacerdote sanjosemaría no eran otros que los señalados por el tradicionalismo católico; es decir, anti protestante, antiliberal, antisocialista (luego también anticomunista) y antimoderno; y también partidario de un estado autoritario. Tanto es así que, después del Vaticano II sanjosemaría impuso el uso del catecismo mayor y la memorización del catecismo breve de Pio X. Catecismo de "doctrina sana y segura", pero, a mi modo de ver, ajeno al espíritu y, sobretodo, al estilo del concilio (nada doctrinario casi "antidoctrinario").

La modernidad que defendía y practicaba la Obra consistía en el cultivo de los aspectos técnicos. No en vano la Obra al menos hasta los años 70 fue obra de ingenieros encabezados por don Alvaro del Portillo.

Introdujeron la electricidad en la dirección espiritual y en los confesionarios. Como me recordaba un tio mio, en Monterols, en los años 50, ya existía la lucecita roja o verde en la puerta de entrada de la habitación para recibir del sacerdote. Poco después se “modernizaron” los confesionarios implantando también lámparas para la lectura, dobles rejillas y pequeños postigos para garantizar la intimidad. Los métodos y tiempos, en general, la mecanización en la producción, en definitiva, la productividad, que era el problema económico principal de Occidente hasta los años 60, este espíritu entre reglamentista y taylorista, fue lo que motivó que la Obra motorizase la vida de piedad y el apostolado. La idea moderna de productividad la introdujeron tanto en la vida de piedad (métodos como la hojita de normas) como los apostolados (cuadros estadísticos). También las técnicas “modernas” de las “relaciones públicas” y de “imagen”. A finales de los 50 y principios de los 60, cuando empezaron los colegios (Gaztelueta, Viaró, Retamar) presentar uniformes inspirados, cuando no copiados del sistema anglosajón, como alternativa a las batas de rayitas blancas (tipo presidiario) de los escolapios, jesuitas y demás, era un signo de modernidad atractivo. La modernidad consistió en sustituir los patios urbanos de los colegios de siempre por jardines y campos de deporte.

La otra modernidad, la consistente en la idea de la democracia, la autonomía, la libertad, el pluralismo, el diálogo etc, la Obra era enemiga. El mundo cultural y teológico de la Obra era el tradicionalismo, el integrismo. Se trataba de ser guapo, estiloso, con dinero (“moderno” como estilo) pero de un carca que te mueres (“tradicionalismo” como fondo).

Tras la segunda guerra mundial eran muchos los que predicaban una reforma, una renovación en la Iglesia. Los fundamentos del modelo "católico", ese anti protestantismo/modernidad/ ese antisocialismo y antiliberalismo eran contestados, como también, y especialmente, el modelo eclesial. Pongamos algunas referencias significativas que se dieron justo en la posguerra:


a).- el cardenal arzobispo de París, E. Suhard, tan comprometido como la mayoría de los obispos franceses por su colaboración con el régimen católico integrista, nacionalista y fascista del mariscal Petain, ante el informe que solo un 2% de los trabajadores galos eran católicos constituyó (con la mayoría de obispos galos) la "mission de Paris", que se convirtió inmediatamente en "mission de France".

La mission de France consistió en que 90 sacerdotes decidieron trabajar en las fábricas como obreros como medio de apostolado. En 1953, Pio XII cierra el seminario de Mission de France, los profesores enviados a sus casas y a los curas se les destina a parroquias y otros centros. La mitad se negaron a ello.

Hay que reseñar que Montini, el futuro Pablo VI, publicó un artículo en el Observatore Romano alabando al cardenal Suhard y la Mission de París. Precisamente Pio XII y la Curia para alejar a ese democratacristiano de Roma lo nombraron arzobispo de Milan. En Milan no dió una autorización para la erección de un oratorio de la Obra. Después del concilio, un sacerdote de la Obra, comentando unas declaraciones de Pablo VI sobre su “preocupación por Espana” me decía: "si no fuera porque es una falta de respeto repetiría (como los del régimen franquista) lo de Tontini" (que es como llamaban a Pablo VI por su cacofonismo con su apellido). Pablo VI era uno de los enemigo número uno de los tradicionalistas o conservadores desde Pio XII. Sanjosemaría consideraba doctrinalmente a Montini, luego Pablo VI, un tipo peligrosísimo.

Posteriormente en la Obra se aprovechó canónicamente la figura de la "mission de France" como ejercicio académico de una jurisdicción al margen de la ordinaria para dotar a la Obra de una solución jurídica propia.


b) en Italia, en 1948, el popular jesuita padre Ricardo Lombardi, como resultado de una audiencia privada con Pio XII en la que le expuso la necesidad de una reforma de la "Iglesia desde arriba" porque de lo contrario el panorama sería desolador o apocalíptico, el Papa le encargó un completo "proyecto de renovación de la Iglesia". Tras discutirlo con el general de los jesuitas y otros, presentó un informe de 60 paginas con medidas de reforma muy concretas (sobre obispos, clero, ordenes religiosas, y laicado), pidiendo que al final del proceso, se celebrase un concilio. La Curia se opuso a limitar sus mandatos, desitalianizarse y tomar medidas contra el burocratismo, atacó el ecumenismo, la reforma de los seminarios etc. Lombardi antes confidente e influyente con Pio XII fue apartado. Luego Lombardi habló de una renovación desde abajo.


c) La renovación teologica promovida por los dominicos acabó drasticamente con la sustitución de tres provinciales y la condena al silencio de Yves Congar y de M.D Chenu (además de Feret y Boisselot entre otros menos renombrados), luego teológos principales en el Concilio.

En la purga de la nueva teología, esencialmente recogida con posterioridad en el Concilio, les acompañó los jesuitas Henri de Lubac, Theilhard de Chardin y K. Ranher. A Congar, Chenu, Henri de Lubac, Theilhard se les prohibió enseñar y publicar. Todos obedicieron. Su triunfo fue el Concilio.

Raimon Panikkar que fue el primer director de la colección Patmos se hizo eco de la renovación teológica suscitada en la posguerra mundial. Los pocos títulos de esa renovación nunca se han reeditado y la Obra, además, impuso el silencio teológico de Panikkar.


Se puede leer en el Journal (privado y editado postumamente) de Y. Congar (9-2-54): "los obispos estan absolutamente encorvados en la pasividad y el servilismo; sienten hacia Roma una verdadera veneración filial, incluso infantil. Para ellos eso es "la iglesia"... concretamente Roma, el papa, el sistema todo de las congregaciones, que parece como si fueran la Iglesia que Jesús construyó sobre la pieda. Y el "Santo Oficio". El "santo oficio" dirige de forma concreta la Iglesia y doblega a todos con el miedo y sus intervenciones. Es esta Gestapo suprema, inflexible, cuyas decisiones no se discuten... La base del debate, pues, está en una nueva concepcion de la Iglesia que se nos quiere imponer y cuyo fundamento consiste, en primer lugar, en reducirlo todo a obediencia y a una relación de autoridad-súbditos; y, en segundo lugar, en un nuevo concepto de obediencia, de "estilo superjesuitico".

Ese modelo eclesiológico recién descrito es el que sanjosemaría vivió e impuso, lógicamente, como el propio de la Obra (nada más hace falta sustituir "obispos" por "directores", "Roma" por su "persona" e "iglesia" por la "Obra" para entender la concepción eclesial del fundador)

Sanjosemaría se alineaba, antes del concilio, con los personajes más conservadores y representativos del modelo eclesial y doctrinal de la Curia. El que fue seccretario de Estado del Vaticano, nombrado por Juan XXIII a principios de los 60, el cardenal Tardini, era el “cardenal protector” de la Obra, quien sustituyó en el cargo al cardenal Tedeschini (que fue nuncio en España durante la Republica).

El que también fuera Nuncio del Vaticano en España desde el 53 al 63, Hildebrando Antoniutti, conocido como un excelente representante del modelo defendido por la Curia (el surgido de Trento y especialmente del Vaticano I) era amigo de la Obra. En el cónclave para la elección de Pablo VI obtuvo, según se dice, 20 votos en las primeras sesiones del cónclave.

El cardenal Larraona fue nombrado prefecto de la Sagrada Congregacion de Ritos en el 62. Larraona era otro amigo de la Obra. Como canonista trabajó y ayudó en la “provida mater eclessia” (la autorización de la Obra como instituto secular en el año 49 o 50 si mal no recuerdo). Sanjosemaría pertenecía, por convicción y formación, a ese mundo.

Cuentan los historiadores que si bien tanto Pio XII, como los cardenales Ottaviani (el prefecto del Santo Oficio y que fue el lider de los conservadores durante el Concilio) o el cardenal Ruffini habían pensado en un concilio, la idea serviría para condenar los errores dogmáticos y morales cada vez más incontrolables, definir nuevos dogmas de fe y anatemizar a los que no pensaran como ellos, la originalidad de Juan XXII al convocar un concilio era como objetivo para "renovar" (aggionar) la Iglesia a los nuevos tiempos. Parece que existe consenso sobre el origen de la decisión de Juan XXII de convocar un concilio a los pocos meses de su nombramiento.

El que fuera secretario del Papa, Loris Capovilla, explica que el momento decisivo fue precisamente la conversación con Domenico Tardini, el secretario de Estado. Cuando lo comentó, Tardini se quedó átónito y, astutamente, por no atreverse a decir al Papa que era una idea disparatada, le puso la objección que el codigo canonico establecía la obligacion decenal de celebrar un sínodo, hecho que Roma no había hecho nunca. Juan XXIII respondió que "pues celebraremos un sinodo diocesano y a continuacion un concilio ecumenico". Su determinación fue un sínodo diocesano, luego un concilio ecuménico y una puesta al dia del Codigo Canónico"

La versión que da el secretario de las palabras de Juan XXIII de la conversación con Tardini es la siguiente:

"Cómo nació la idea del concilio? ¿Cómo se desarrolló? (...) A raiz de una pregunta hecha al Secretario de Estado, cardenal Tardini, en una conversación particular, llegamos a comprobar que el mundo se encuentra inmerso en grandes angustias y agitaciones. Puse de manifiesto, entre otras cosas, como por una parte se proclama la voluntad de paz y de acuerdo, pero por otras veces, desgraciadamente, se acaba agudizando las diferencias y aumentando las amenazas. ¿Qué hará la Iglesia? ¿La mística barca de Cristo ha de quedar a merced de las olas y ser arrastrada a la deriva, o no será más bien que se espera de ella no solo nuevas exhortaciones, sino también la luz de un ejemplo fulgurante? ¿Cual podría ser esa luz? Mi interlocutor escuchaba en actitud de respeto reverente y de espera. De pronto me iluminó el alma una gran idea, advertida precisamente en aquel momento y acogida con indecible confianza en el divino Maestro. Y subió a mis labios una palabra solemne y comprometida. Mi voz la expresó por primera vez: ¡un concilio!”.

(Esa ”voluntad de paz y de acuerdo” que era el leiv-motiv de Juan XXIII no era el de sanjosemaría tal como podemos leer en Camino; el suyo era la voluntad de exigencia y de milicia, la voluntad de éxito y de triunfo).

El anuncio lo realizó ante 17 cardenales reunidos al efecto en san Pablo extramuros el 25 de enero de 1959. Oficialmente lo escucharon con devoto silencio. Realmente lo hicieron con incredulidad y estupefacción. Tan es así, que mientras todos los periodicos del mundo anunciaron el notición, el Obsevatore Romano, órgano oficial de la santa sede, dirigido por la Curia omitió la noticia y no dió ningun título ni subtítulo. Sencillamente había una notita de prensa de la secretaria de Estado facilitada por su servicio de prensa que en un recuadrito da la noticia (ver el numero del 26/27 de enero de 1959) hablaba de la convocatoria del concilio. En la siguiente edición tampoco se destacó nada y en la tercera solo había una carta del cardenal Montini en letra menuda sobre la convocatoria.

Ni Tardini, ni la Curia quería ningún Concilio. Escrivá tampoco. Lo veían llenos de peligros y dificultades. La diferencia con los Antoniutti, Larraona, Ottaviani y otros no es que Escrivá pensara diferente a ellos, sino que al haber constituido su prioridad la Obra, no ocupaba ningún cargo en la Curia y sus relaciones con los obispos y secretarios de las congregaciones (elevados por Juan XXIII al obispado sin territorio) eran personales y relacionadas con temas de la Obra. En definitiva, que al no ser obispo, ni estar en la burocracia de la Curia, no podía dar batalla alguna en el Concilio. Solo verlo desde fuera sin participar. Eso fue causa de gran frustación.

Por último, antes de entrar en el Concilio y sus consecuencias, hay que referirse a la posición política de ese modelo "tradicionalista" o conservador católico.

Del nucleo duro de la la ultranacionalista, antimoderna y antidemocratica Action Française de principios de siglo salieron en 1940 los partidarios católicos del mariscal Pétain, mientras que los católicos de la resistencia (De Gaulle, Bidault, Schuman, el abbé Pierre..) tuvieron que ampararse en la primacía de su conciencia en contra del parecer mayoritario de la jerarquía, que hay que recordar, fue gracias a la negociación del nuncio Roncalli (posterior Juan XXIII) quien los salvó , por colaboracionistas, de la sustitución como obispos ante el gobierno de De Gaulle (solo 3 obispos fueron expulsados).

La jerarquía italiana tampoco se opuso especialmente contra el régimen de Mussolini. Los democratacristianos como De Gasperi o Montini, antifascistas, eran minoritarios.

Y en España? En España, justo al final de la segunda guerra mundial, tras la derrota de las potencias de Eje, el régimen de Franco, se entregó de lleno al nacional-catolicismo. En qué consistía el modelo?. Para resumir (simplificando) citaremos dos textos:


1.- El "catecismo patriotico español" de Menendez Reigada (1938; declarada de texto para las escuelas) que identifica la virtud cristiana del amor a la patria con la fidelidad a Franco, "el hombre providencial puesto por Dios para levantara a España". El Caudillo es "como la encarnación de la patria y tiene el poder recibido de Dios para gobernarnos".

En su delirio patriotico pronostica que la lengua castellana "tendra que venir a ser la lengua de civilizacion en lo futuro" porque el "ingles y el frances, que con ella pudieran compartir esta función, son lenguas tan gastadas, que van camilo de una disolución completa". Obviamente no había referencia al catalán o al euskera porque el nacionalismo español prohibió su uso en el ámbito público. Todo lo expresado, en aquel catecismo escolar formaba parte de la fe católica.

El catecismo resumía bastante bien cómo el nacionalismo español y la religión católica unidas era una concreción de la vieja aspiración de la aplicación de la idea de la cristiandad medieval.


2.- Resumen (simplificado) del Concordato con la Santa Sede de 27 agosto 1953. Los subrayados son mios a efectos de entender lo que representaba, con su simple lectura, el nacional(ismo español)-catolicismo: un constantinismo, un puro ejemplo de la “cristiandad” en tiempos modernos.

EN EL NOMBRE DE LA SANTISIMA TRINIDAD: La Santa Sede Apostólica y el Estado español, animados del deseo de asegurar una fecunda colaboración para el mayor bien de la vida religiosa y civil de la Nación española, han determinado estipular un Concordato que, reasumiendo los Convenios anteriores y completándolos, constituya la norma que ha de regular las reciprocas relaciones de las Altas Partes contratantes, en conformidad con la Ley de Dios y la tradición católica de la Nación española.[…].
Artículo I. La Religión Católica, Apostólica Romana, sigue siendo la única de la Nación española y gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico.
Art. II. 1. El Estado español reconoce a la Iglesia Católica el carácter de sociedad perfecta y le garantiza el libre y pleno ejercicio de su poder espiritual y de su jurisdicción, así como el libre y público ejercicio del culto.
Art. IV. 1. El Estado español reconoce la personalidad jurídica y la plena capacidad de adquirir, poseer y administrar toda clase de bienes a todas las instituciones y asociaciones religiosas, existentes en España a la entrada en vigor del presente Concordato constituidas según el Derecho Canónico; en particular a las Diócesis con sus instituciones anejas, a las Parroquias, a las Ordenes y Congregaciones religiosas, las Sociedades de vida común y los Institutos seculares de perfección cristiana canónicamente reconocidos,: sean de derecho pontificio o de derecho diocesano, a sus provincias y a sus casas.
Art. V. El Estado tendrá por festivos los días establecidos como tales por la Iglesia en el Código de Derecho Canónico o en otras disposiciones particulares sobre festividades locales, y dará, en su legislación, las facilidades necesarias para que los fieles puedan cumplir en esos días sus deberes religiosos. Las Autoridades civiles, tanto nacionales como locales, velarán por la debida observancia del descanso en los días festivos.
Art. VI. Conforme a las concesiones de los Sumos Pontífices San Pío V y Gregorio XIII, los sacerdotes españoles diariamente elevarán preces por España y por el Jefe del Estado, según la fórmula tradicional y las prescripciones de la Sagrada Liturgia.
Art. VII. Para el nombramiento de los Arzobispos y Obispos residenciales y de los Coadjutores con derecho de sucesión, continuarán rigiendo las normas del Acuerdo estipulado entre la Santa Sede .y el Gobierno español el 7 de junio de 1941 (R. 1065 y Diccionario 14033) (se refiere a la capacidad del jefe del Estado para proponer obispos de entre los cuales, obligatoriamente, la Santa Sede elige de la lista)
Art. XIV. Los clérigos y los religiosos no estarán obligados a asumir cargos públicos o funciones que, según las normas del Derecho Canónico, sean incompatibles con su estado. Para ocupar empleos o cargos públicos, necesitarán el «Nihil Obstat» de su Ordinario propio y el del Ordinario del lugar donde hubieren de desempeñar su actividad. Revocado el «Nihil Obstat», no podrán continuar ejerciéndolos.
Art. XVI. 1. Los Prelados de quienes habla el párrafo 2 del canon 120 del Código de Derecho Canónico no podrán ser emplazados ante un juez laico sin que se haya obtenido previamente la necesaria licencia de la Santa Sede.
5. En caso de detención o arresto, los clérigos y religiosos serán tratados con las consideraciones debidas a su estado y a su grado jerárquico. Las penas de privación de libertad serán cumplidas en una casa eclesiástica o religiosa que, a juicio del Ordinario del lugar y de la Autoridad judicial del Estado, ofrezca las convenientes garantías, o al menos, en locales distintos de los que se destinan a los seglares a no ser que la Autoridad eclesiástica competente hubiere reducido al condenado al estado laical.
Art. XVIII. La Iglesia puede libremente recabar de los fieles las prestaciones autorizadas por el Derecho Canónico, organizar colectas y recibir sumas y bienes,
Art. XX. 1. Gozarán de exención de impuestos y contribuciones de índole estatal o local:
a) las Iglesias y Capillas destinadas al culto, y asimismo, los edificios y locales anejos destinados a su servicio o a sede de asociaciones católicas;
b) la residencia de los Obispos, de los canónigos y de los sacerdotes con cura de almas, siempre que el inmueble sea propiedad de la Iglesia.
c) los locales destinados a oficinas de la Curia diocesana y a oficinas parroquiales;
d) las Universidades eclesiásticas y los Seminarios destinados a la formación del clero;
e) las casas de la Órdenes, Congregaciones e Institutos religiosos y seculares canónicamente establecidos en España;
f) los colegios u otros centros de enseñanza, dependientes de la Jerarquía eclesiástica, que tengan la condición de benéfico-docentes.
Están comprendidos en la exención los huertos, jardines y dependencias de los inmuebles arriba enumerados, siempre que no estén destinados a industria o a cualquier otro uso de carácter lucrativo.
(En otros artículos el Estado se comprometía a financiar a la Iglesia y sus actividades).
Art. XXIII. El Estado español reconoce plenos efectos civiles al matrimonio celebrado según las normas del Derecho Canónico.
Art. XXVI. En todos los centros docentes de cualquier orden y grado, sean estatales o no estatales, la enseñanza se ajustará a los principios del Dogma y la Moral de la Iglesia Católica.
Art. XXVII. 1. El Estado español garantiza la enseñanza de la Religión Católica como materia ordinaria y obligatoria en todos los centros docentes, sean estatales o no estatales de cualquier orden o grado. […]
Ciudad del Vaticano, 27 de agosto de 1953.— Por la Santa Sede, Domenico Tardini.--Por el Estado español, Alberto Martín Artajo. Fernando M.ªCastiella y Maíz.

Para los canonistas de la época el concordato de 1953 era la perfección jurídica puesto que era el primer pais que reconocía completamente las tesis de la doctrina oficial de la Iglesia (establecidas por la doctrina de Leon XIII) tal como las recogía los manuales de derecho publico eclesiastico, sobre el estado confesional católico, sus deberes con la Iglesia y los derechos de ésta. Por su parte el régimen recibía un pleno reconocimiento y título de legitimación frente a los ciudadanos católicos.

Este concordato, el establecimiento de un acuerdo con rango de ley, en el cual el estado español habla "en nombre de la Santísima Trinidad" no era un acto político. Ni para los católicos tradicionalistas. Es conocida la anécdota que una vez un alto cargo o ministro franquista pidió una audiencia para quejarse de una actuación frente a Franco quien le contestó: "hagame caso, haga como yo, no se meta en política".

El apoliticismo de Franco, como el de la Obra y el de sanjosemaría era un principio fundamental. Ellos nunca hacían política. El problema era, precisamente, que los otros hacían política y de esa manera manipulaban, confundían y enturbiaban los problemas. Curiosamente para ellos constantinismo, consistente en la alianza entre el Trono y el Altar, que fue el modelo de la cristiandad para toda la Edad Media, y el fundamento del Concordato, no tenía ninguna consideración política, era lo “normal” (entendiendo por “normal” lo que “debía ser” y lo que debía ser, por su misma lógica no es algo político).

Que arzobispos españoles fueran procuradores en cortes no era un acto político. Sin embargo, que los curas obreros de la “Mission de France” trabajasen en fábricas era un acto político.

Como decía, la base intelectual del concordato español, una doctrina completamente asumida como "normal" por parte de los católicos españoles era precisamente el constantinismo o "cristiandad". Pues bien, el Concilio Vaticano II arrinconó esa concepción radicalmente. Si el Concordato supuso una fuente de legitimación del régimen, el concilio Vaticano fue, con su doctrina contraria, una fuente de deslegitimación moral del régimen. Y como veremos un cambio de referencia intelectual, teológica y política radical respecto al que sustentaba sanjosemaría, la Obra y el catolicismo tradicional.

Una de las cosas que a sanjosemaría le irritó profundamente, durante la celebración del Concilio (1962-65) fue el tratamiento que la prensa dió del mismo como si fuese de una asamblea política. La división, el vocabulario de derecha/izquierda, conservador/progresista, tradicionalista/aperturista le descomponía.

Lo que nunca entendió sanjosemaría es el simple concepto de relación: si te posicionas intelectualmente en el ámbito político, en nombre de la religión, dentro de los postulados de los regímenes de Salazar, Petain y Franco (todos de extrema derecha no democràtica), estás situando a los demás en otra posición teologica-política o política-teológica de completo contraste. Y eso es precisamente lo que ocurrió en el Concilio. Los planteamientos de partida planteados por la Curia situaron a la mayoría del Concilio, discrepante de las propuestas de la Curia, en esa dinámica.

El drama del régimen franquista, como del católicismo “tradicional” fue que manifestaban una lealtad a una insititución que cambió radicalmente muchos principios que les sustentaban.



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